La patronal entona el Código Penal

Si la asamblea general de la CEG lo aprueba, Fernández Alvariño y Diéter Moure tendrán que responder ante el juez, por la vía penal, de su gestión

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El diablo está en los detalles. Un acta del comité ejecutivo de la patronal gallega que presentaba una profunda reforma de la organización, con cambio de nombre y presidencias rotatorias incluidas, así como daba cuenta del resultado positivo de las cuentas de 2016 (un beneficio de 82.394 euros), escondía una auténtica carga de profundidad en uno de sus puntos que ahora trasciende. Se trata de las acciones judiciales a emprender contra sus dos expresidentes: Antonio Dieter Moure y José Manuel Fernández Alvariño.

Ese acta, del 30 de octubre, y a la que ha tenido acceso Economía Digital, refleja a las claras el proceso de revisión de su pasado más reciente al que se enfrenta la patronal gallega. Será una asamblea general, cuya fecha se determinará en la junta directiva de este jueves, la que apruebe la propuesta del comité. Es, sintéticamente, el paso previo antes de acabar en los juzgados por la vía penal.

Contra Fernández Alvariño

El comité, según el acta de la reunión, acordó «reservarse las acciones judiciales que se consideren por la asamblea general, contra el anterior presidente, Antonio Diéter Moure, por administración desleal«, delito tipificado en el Código Penal que tras su última revisión afecta no solamente a las sociedades, sino a las personas físicas y el patrimonio.

En el caso de Fernández Alvariño, el comité tomó la misma medida que contra Diéter, llevar a la asamblea el inicio de las acciones judiciales, pero en este caso relacionadas con el delito de apropiación indebida, también recogido en el Código Penal. Señala el acta del comité que se reservan las acciones judiciales contra Alvariño «debido a la incidencia detectada en el correo electrónico de la Presidencia y a las factura abonadas sin autorización de los órganos de gobierno en el período de su mandato». Los contratos de servicios realizados por Fernández Alvariño desde la patronal a su grupo empresarial (seguros de la sede y chofer, entre ellos) subyacen en esta denuncia.

Los blindajes de Diéter

La relación y los acuerdos de blindaje que pactó Dieter Moure con el entonces secretario general de la CEG, Fausto Santamarina, representan la piedra de toque de las acciones que plantea ahora la patronal contra el presidente que antecedió en el cargo a Antón Arias. En este caso, no solo hacen referencia al proceso laboral seguido contra el anterior secretario por despido objetivo, que se ha dirimido en los juzgados. Son los blindajes en su contrato, firmados el 20 de junio de 2016, lo que hizo saltar las alarmas en la CEG.

En concreto, el comité ejecutivo señala, según el acta, que «faculta al presidente (Antón Arias) para dar instrucciones a los letrados de la CEG en dicho asunto, a los efectos de alcanzar un acuerdo teniendo en consideración el blindaje de la relación laboral de Fausto Santamarina a tenor de las cartas suscritas por el anterior presidente (Diéter Moure)».

Las cláusulas secretas

El comité ejecutivo alude a las acciones judiciales a emprender contra Diéter por «administración deselal». Fuentes de la patronal explican que entre el 20 de junio y el 7 de octubre, cuando dimite Diéter Moure, «se llevaron a cabo entre seis y siete reuniones de los órganos de gobierno de la patronal, sin que en ninguna de ellas trascendiera el contenido de esas cartas» firmadas entre Diéter y el secretario general.

Las cláusulas incorporadas al contrato del entonces secretario general establecían que, pese a «la reducción salarial, esta no afectará bajo ningún concepto al cálculo de cualquier indemnización que se produzca por finalización de contrato por cualquier causa, incluso voluntaria acordada por usted, que se valorará sobre el importe total de la retribución salarial previa a la reducción que se menciona en el presente escrito», señala el documento al que ha tenido acceso Economía Digital. En otra carta, fechada el mismo día y firmada por Diéter, se señalaba que ese cambio contractual quedaba a expensas de la aprobación de los órganos de gobierno.

 

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