Manuel Jove salva la indemnización de 33 millones por el Parque Warner

El Tribunal Supremo da la razón a Inveravante frente a una sociedad pública de la Comunidad de Madrid por los terrenos del Parque Warner

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Manuel Jove ha doblado el pulso definitivo a la Comunidad de Madrid por los terrenos adyacentes al Parque Warner. El dueño de Inveravante, a través de una de sus sociedades, Inversiones Frieira, llegó a las manos con el Gobierno madrileño, que ya en la etapa de Esperanza Aguirre primero, y con Cristina Cifuentes, después, entablaron una batalla judicial por el desarrollo urbanístico del entorno del Parque Warner, que el empresario había promovido. El constructor coruñés logró una indemnización de 32,8 millones por esa operación fallida que ahora el Tribunal Supremo valida en contra del criterio de la Administración autonómica madrileña.

La Sección Primera de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en un fallo contra el que no cabe recurso dictado hace apenas dos semanas, cierra uno de los capítulos más conflictivos del desarrollo urbanístico del entorno de Madrid, el del Parque Warner, en el Ayuntamiento de San Martín de la Vega.

La conflictiva Nueva Arpegio

Todo pivota  sobre la sociedad pública Nueva Arpegio SA, que firmó su inviabilidad en plena crisis y acabó integrada en Obras de Madrid, Gestión de Obras e Infraestructuras SAU. Fueron los gestores de esta última firma, sucesora de los bienes y también de las deudas de Nueva Arpegio, quienes presentaron un recurso extraordinario por infracción procesal contra la sentencia dictada en octubre de 2016 por la Audiencia Provincial de Madrid, que daba inicialmente la razón a Manuel Jove e Inversiones Frieira.

El conflicto se remonta a 2007, antes de la venta de Fadesa por parte de Jove. Inversiones Frieira había presentado una demanda contra Nuevo Arpegio en relación a un contrato de compraventa de acciones formalizado entre ambas. Por medio de dicho contrato, Arpegio vendió a Fadesa determinadas acciones de la sociedad Parque Temático de Madrid, representativas de un 43,6% de su capital social, que luego fueron vendidas a Inversiones Frieira, quedando subrogada en la posición contractual de Fadesa. Dentro de los activos del Parque Temático de Madrid se identificaron determinadas fincas con una superficie edificable total de 724.500 metro cuadrados, todo un pellizco si se hubiera llegado a desarrollar.

Rebaja de la edificabilidad e indemnización

La posterior disminución de la superficie edificable correspondiente a las fincas, así como la fórmula para calcular la cantidad que podría ser exigida por la sociedad propietaria de las acciones del Parque Temático de Madrid, en concepto de indemnización de daños y perjuicios, fue lo que desató el conflicto. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en 2009, anuló la resolución administrativa que determinaba la disminución de la superficie edificable de las cinco fincas: concretamente, de 274.500 metros cuadrados sobre los 724.500 metros cuadrados que tenían reconocidos las parcelas.

Inversiones Frieira pasó entonces a la ofensiva con una demanda frente a Arpegio para solicitar la aplicación de determinadas cláusulas del contrato. A juicio de la sociedad pública de la Comunidad de Madrid, a Inversiones Frieira, es decir, a Jove, solo le correspondería una indemnización de 3,7 millones de euros, frente a los 32,8 millones inicialmente reclamados. Ahora, finalmente, el Supremo, en una sentencia del pasado 6 de febrero contra la que no cabe recurso, tumba las pretensiones de la Comunidad de Madrid y da la razón al propietario de Inveravante. Asunto zanjado.

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