Salvemos Cabana defiende que la anulación de la mina de Corcoesto se ajusta a derecho

La plataforma recuerda que la minera incumplió los requisitos financieros exigidos por la Xunta y rebasó el plazo establecido para acreditar su solvencia

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Mineira de Corcoesto ha emprendido una nueva batalla legal para intentar sacar partido del naufragado proyecto minero en la comarca de Bergantiños. Primero fue una demanda contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia contra la Xunta de Galicia por la no aprobacón de la explotación. Ahora, anuncia que recurrirá al derecho internacional por la cancelación de los derechos mineros en Corcoesto.

Así las cosas, los colectivos que desde el comienzo se han opuesto al proyecto han puesto énfasis en que la actuación de la Administración se ajusta a derecho. Salvemos Cabana ha recordado en un comunicado que el rechazo de la Xunta se debe al «incumplimiento de los requisitos impuestos a Mineira de Corcoesto», filial de la multinacional canadiense Edgewater. La empresa llegó a 2012, cuando la explotación contaba con el beneplácito del Gobierno gallego, con recursos 100 veces inferiores a la inversión comprometida.

La Xunta le exigió multiplicar por 60 sus fondos propios hasta alcanzar el 25% de la inversión prevista durante la vida útil de la mina, unos 27 millones de euros. Sin embargo, no fue capaz de cumplir con esta exigencia.

Incumplimientos

La plataforma recuerda que en la reunión de la Comisión Parlamentaria de Industria, Enerxía, Comercio e Turismo celebrada en pasado 19 de diciembre de 2014, el Director Xeral de Minas, Ángel Bernardo Tahoces, afirmó que no parece procedente que se presente ninguna reclamación patrimonial por parte de Edgewater porque «no se dan los supuestos para eso, hay una solicitud denegada por resolución firme en vía administrativa, totalmente conforme a derecho y en ese sentido no cabe responsabilidad de la Administración». Como insistió entonces «no hay ninguna circunstancia, ni de hecho ni de derecho para que se estime el recurso administrativo interpuesto».

Del mismo modo, «la minera superó el plazo establecido en julio de 2013 por la Consellería para acreditar una solvencia mínima sobre la inversión del proyecto y un compromiso en firme con el resto de la financiación, aportando además la documentación exigida que acreditase la capacidad técnica de la empresa para desarrollarlo, por lo que, tal como señaló la propia Xunta, no cabe reclamación alguna por daños patrimoniales al tratarse de un proyecto en fase de tramitación en el que se incumplieron los requisitos planteados».

Retirada de derechos

Para Salvemos Cabana, la retirada de los derechos mineros también fue legal. La aprobación de la Ley 12/2014, de Medidas Fiscales y Administrativas y su publicación en el Diario Oficial de Galicia permite retirar los derechos mineros a la compañía, al incorporar en su articulado una modificación de la Ley 3/2008, de Ordenación de la Minería de Galicia, que estipula «con claridad» que los derechos mineros podrán denegarse motivadamente por «el incumplimiento de los requisitos subjetivos o la insuficiente acreditación de la solvencia económica o técnica del solicitante», explica el colectivo.

La normativa explicita que «una vez que la resolución denegatoria sea definitiva en la vía administrativa, el órgano minero competente incoará de oficio el procedimiento de caducidad de los derechos, que, una vez que finalice, implicará la cancelación de la inscripción correspondiente en el Registro Minero de Galicia» 

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