Los negocios gallegos podrán abrir sin licencia

La Lei do Emprendemento exigirá simplemente una comunicación previa para iniciar la actividad

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El Gobierno gallego ha dado el visto bueno a la normativa que elimina la obligación de licencia para abrir un negocio. La Lei do Emprendemento remitida para su tramitación al Parlamento gallego, substituye la autorización municipal por una comunicación previa al ayuntamiento –básicamente una descripción de la actividad y una declaración de responsabilidad– que dispondrá de 15 días para solicitar la documentación adicional que considere oportuno. Las excepciones serán las empresas o actividades que requieran tramitación ambiental, de patrimonio o afecten a suelo de protección especial.

Tras su paso por el Consello Económico e Social (CES), la norma que regulará la actividad emprendedora ha incorporado leves novedades. En su redacción definitiva, cifra en 20 millones la financiación a la que podrán acceder los emprendedores mediante dos instrumentos nuevos: microcréditos y un fondo de capital riesgo de apoyo a autónomos. Supone un aumento de 5 millones respecto a los 15 que contemplaba el proyecto inicial cuando se presentó en mayo.

Ventajas fiscales

Asimismo, ratifica los beneficios fiscales comprometidos en el impuesto de la renta y los tributos de actos jurídicos, sucesiones y patrimonio. El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, aclaró que, con independencia de cuando entre en vigor la norma, las ventajas fiscales que incorpora esta norma tendrán «efectos retroactivos» desde el 1 de enero de 2013.

En el caso del IRPF, se mantiene la deducción del 20% establecida en la Lei de Orzamento de este año para los que inviertan en acciones o participación de nuevas empresas y se amplía para aquellos que concedan créditos para el inicio de una nueva actividad.

Impuesto de patrimonio y sucesiones

La reducción del 95% en el impuesto sobre sucesiones y donaciones para la constitución de una nueva empresa se amplía a la transmisión de cualquier tipo de bien destinado a esta misma finalidad y sin límite de edad.

En cuanto al impuesto de patrimonio para creación de empresas o ampliación de actividad, se mantiene la bonificación del 75%, una medida que se hace extensiva también a la adquisición de acciones en nuevas empresas y a los préstamos con derecho a deducción en el IRPF.

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