“La reforma del Gobierno no solucionará los problemas del alquiler”

Las inmobiliarias muestran su estupor ante las medidas urgentes tomadas por el Gobierno y descartan que sean útiles para contener los precios del alquiler

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Las inmobiliarias gallegas consideran que el decreto ley de medidas urgentes aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros no resolverá ninguno de los problemas que presenta el mercado del alquiler y que, en el caso de Galicia, se concentra en las ciudades, sobre todo, en A Coruña, Santiago y Vigo. Dichos problemas se materializan en un incremento de precios en determinadas zonas y una expulsión de las rentas medias y bajas del acceso al mercado del alquiler, por una serie de factores, entre los que destacan la pérdida de poder adquisitivo de los jóvenes por los menores sueldos y la eclosión de los pisos turísticos, que detraen viviendas de la oferta.

Lo curioso, explican en la Federación Galega de Empresas Inmobiliarias, es que el Ejecutivo de Pedro Sánchez acierta con el diagnóstico, pero “ninguna de las medidas que toma ayudará a invertir la tendencia”, explica Benito Iglesias, presidente de Fegein. La patronal se había manifestado en contra de intervenir en los precios, “pues decir a un propietario al precio que tiene que vender es contrario a una economía libre”, pero había apuntado a la necesidad de incentivos para fomentar la incorporación de viviendas al mercado, además de garantizar la protección de arrendador y arrendatario.

Iglesias cree, sin embargo, que las medidas impulsadas por el Gobierno acentúan la desprotección del propietario y no ofrecen incentivo alguno para movilizar viviendas hacia el alquiler. “Esta reforma puede ser válida si tienes un mercado estable y que cuenta con un parque de vivienda social suficiente, pero tal y como está ahora, es posible que incluso agrave la situación”, concluye el presidente de Fegein.

Menos incentivos para que el propietario alquile su piso

Las inmobiliarias señalan, por ejemplo, a la fianza, en la que se limitan las garantías adicionales hasta un máximo de dos mensualidades, salvo que se trate de contratos de larga duración, lo que limita la carga económica que genera al inquilino la firma de un nuevo contrato, a través de un aval o depósito bancario que se suma a la cuantía de la fianza. Los gastos de gestión inmobiliaria y formalización del contrato correrán a cargo del arrendador, cuando este sea persona jurídica (una sociedad o empresa), salvo aquellos gastos en los que se haya incurrido por iniciativa directa del arrendatario.

Las empresas lamentan también la falta de incentivos fiscales, donde la principal novedad se aplica al limitado parque de vivienda social.  En esta materia, se elimina la obligación de repercutir el IBI al arrendatario en el alquiler social de vivienda por parte de Administraciones o entes públicos. Los ayuntamientos con superávit podrán destinarlo a promover su parque de vivienda pública y se habilita la posibilidad de establecer una bonificación de hasta el 95% en la cuota del IBI para las viviendas sujetas a alquiler a precio limitado.

Mejoras en la prórroga de contratos

Fegein se mostró favorable a otra de las medidas, la ampliación del plazo de prórroga obligatoria de los contratos de arrendamiento de vivienda de 3 a 5 años (o 7 años si el arrendador es persona jurídica), pues consideran que otorga seguridad al propietario y al inquilino. Es decir, aumenta el plazo legal mínimo en el que el inquilino puede permanecer en la vivienda arrendada. Esta ampliación no tendrá carácter retroactivo y afectará a los contratos que se firmen desde su entrada en vigor.

También se amplía el plazo de prórroga tácita de 1 a 3 años. Se trata del plazo temporal por el que se amplía el contrato una vez transcurrido el periodo de prórroga obligatoria, en el caso de que el arrendador o el arrendatario no manifiesten su voluntad de no renovarlo.

Preocupación por los desahucios

El nuevo decreto plantea una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil para reformar el procedimiento de desahucio. El objetivo, según explicó el ministro de Fomento, José Luis Ábalos, es mejorar la coordinación entre los órganos judiciales y los servicios sociales competentes para facilitar la adopción de medidas en casos de familias en situación de vulnerabilidad social. En concreto, desde la notificación del embargo, los servicios sociales tienen la obligación de emitir un informe al juzgado.

Ábalos apuntó que un 65% de los desahucios en el tercer trimestre fueron consecuencia de impagos en el alquiler y no en la hipoteca. Las ejecuciones en caso de arrendamientos están creciendo a una tasa del 5% anual, como consecuencia de que el 42% de los hogares destinan más del 40% de su renta al alquiler.

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