La justicia europea cree que el céntimo sanitario vulnera la ley

España podría tener que devolver 13.000 millones de euros

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El abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Nils Whal, ha dictaminado este jueves que el denominado “céntimo sanitario”, el impuesto sobre los carburantes que aplican algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos de destinan a financiar la sanidad, vulnera la legislación comunitaria. España podría tener que devolver 13.000 millones de euros, aunque el dictamen admite que se podrían limitar los efectos en el tiempo de la sentencia final.

En Galicia, el céntimo sanitario fue introducido en 2004 con el Gobierno Fraga. El conselleiro de Economía, José Antonio Orza, lo justificó como un intento de mitigar el impacto del envejecimiento poblacional en el gasto sanitario.

Presente en los presupuestos de la Xunta.

La noticia llega justo en un momento en el que los presupuestos de la Xunta para 2014 prevén aplicar otra subida del impuesto sobre hidrocarburos, lo que supondrá un incremento de 3,6 céntimos de euro por litro de gasóleo y de 2,4 céntimos en el caso de la gasolina.

Según las previsiones del Gobierno gallego, esta subida del tramo autonómico del impuesto especial de hidrocarburos supondrá una recaudación adicional de 53 millones de euros, que se destinarán a gasto sanitario.

Galicia alcanza de esta forma el tope impositivo permitido, pero el departamento de Facenda ha alegado que con este incremento se equipara el impuesto de hidrocarburos al que tienen establecido la mayoría de las comunidades.
Las previsiones de la Xunta son que este aumento no afectará al sector profesional (transportistas), que tributará como hasta ahora, ni al gasóleo de usos especiales, que es el que se emplea en sector primario (agricultura y pesca) y en calefacciones de los hogares.

“Contrario a la directiva de impuestos especiales”

El fallo del abogado general –que no es vinculante, pero resulta refrendando por el Tribunal de Justicia Europeo en el 80% de los casos– responde a un litigio iniciado por una empresa de transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que ha pedido a la justicia europea que se pronuncie.

En sus conclusiones de este jueves, el abogado general sostiene que el impuesto «es contario a la directiva sobre los impuestos especiales» porque no cumple los dos requisitos que exige la norma para este tipo de gravámenes.

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