La Audiencia ratifica la primera sentencia contra una discoteca que prohibió la entrada a dos clientes transexuales

Los guardas de seguridad, condenados a pagar 600 euros a las dos víctimas por un delito contra los derechos fundamentales

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La sección 21 de la Audiencia Provincial de Barcelona ha condenado a los guardas de seguridad de la discoteca Get Back a indemnizar con 600 euros a dos transexuales a los que prohibieron acceder al local «por su tendencia sexual«.

El juzgado penal número 6 de Barcelona dictó, el año pasado, una sentencia condenatoria que fue pionera en España. Por primera vez se condenaba a una sala de fiestas por la discriminación que habían sufrido sus clientes por motivos de tendencia sexual. La discoteca y los guardas de seguridad recurrieron el fallo y la Audiencia, meses después, ha ratificado el veredicto y los argumentos incriminatorios iniciales.

Homofobia latente

Los hechos ocurrieron el día 3 de noviembre del 2011. Dos transexuales, Tina Recio y Zarama Cifuentes, en compañía de otros amigos, trataron de entrar en el local Get Back de Barcelona. Pero no lo consiguieron. Los dos vigilante de la puerta afirmaron que el local estaba lleno y que, por ese motivo, no podían acceder. Sin embargo, los denunciantes constataron, contrariados, cómo otras personas sí entraban sin ningún problema al local. Pidieron explicaciones y la actitud del equipo de seguridad de la discoteca fue tajante.

Angustia y ansiedad

Según los transexuales denunciantes, los porteros les dijeron: «no podéis entrar porque al jefe no le gusta mezclar ambientes«.

La sentencia, recoge, sin embargo, otras frases más explícitas vertidas por los acusados como por ejemplo. «Estos maricones no van a entrar».

Esa situación provocó, según se recoge en la sentencia «un cuadro de ansiedad y angustia» a ambos denunciantes.

La discoteca, responsable civil

La Audiencia ha ratificado la pena inicial y acusa a los dos vigilantes de un delito «contra los derechos fundamentales y libertades públicas en su modalidad de denegación de una prestación en el ejercicio de actividades empresariales o profesionales».

La Audiencia ha declarado a la discoteca, responsable civil subsidiaria.

Es la primera sentencia firme por este motivo que se dicta en España. 

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