El juez rechaza todos los recursos contra el cierre del caso Angrois

Da un plazo de cinco días para que las partes "formulen alegaciones" y las resuelva la Audiencia Nacional

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No concurren otras causas en el descarrilamiento del Alvia en Angrois más allá del exceso de velocidad. Ese es el criterio del titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Santiago, que ha desestimado todos los recursos presentados en contra del cierre de la instrucción.

Un total de 12 representaciones legales interpusieron recursos. En 32 folios, el juez los rechaza uno por uno, insistiendo en que «el objeto de la instrucción no es el de practicar diligencias, sino exclusivamente aquellas que (…) permitan preparar el futuro juicio oral». Es uno de los argumentos más repetidos en la argumentación del magistrado, que ha abierto un plazo de cinco días para que la partes presenten alegaciones y sea la Audiencia Nacional quien las resuelva.

«El objeto de la instrucción no es el de practicar diligencias, y cuantas más mejor», llega a apuntar. «Sino el esclarecimiento de unos hechos que revisten apariencia penal con vistas a la preparación de un futuro juicio oral», insiste.

No hay elementos para inculpar a Adif o Renfe

También se basa Lago Louro en que, como ya sostuvo en anteriores ocasiones, la aplicación de «la teoría de la imputación objetiva» no le permite observar la concurrencia de otras causas en el descarrilamiento, más allá del exceso de velocidad, provocado por la imprudencia del maquinista.  

Advierte, así, de que se debe «restringir la imputación penal a aquellas acciones imprudentes que decididamente provocan ese resultado». Y, a su juicio, al contrario de las partes que demandaban imputar a responsables de Adif y Renfe, «no existe elemento probatorio alguno que acredite, al menos indiciariamente, la concurrencia de infracción legal alguna en el diseño de la infraestructura viaria o del material rodante».

Al respecto, se apoya en una de las conclusiones a las que llegó un perito, a partir de la simulación que encargó del accidente, relativa a que «la respuesta de la serie S-730 frente al riesgo de descarrilamiento era mejor que la que arrojaba la serie S-130».

Ni publicidad engañosa, ni estafa

Esta es la misma respuesta que da a la Plataforma de Víctimas Alvia 04155 sobre la denuncia de un supuesto exceso de peso en los vagones del tren.

A este colectivo le responde a otro «argumento nuevo», según reconoce, que es el de la publicidad engañosa y estafa. «En este caso no concurren los elementos de tipicidad de dicho delito», responde, al asegurar que «la línea 082», que fue publicitada como dotada con los últimos sistemas de seguridad, concretamente del ERTMS, «sí está dotada» de él.

Por su parte, al respecto de la otra asociación de víctimas, Apafas, censura «no especificar las diligencias concretas» que no se le han aprobado durante la instrucción, como a su presidente, Cristóbal González.

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