El fiscal culpa al maquinista del Alvia para salvar a la cúpula de Adif

La Fiscalía recurre el auto del juez Alaez en el que imputaba a 11 ex directivos del gestor ferroviario por el accidente de Angrois

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Nuevo capítulo en el largo proceso judicial derivado del trágico accidente de tren de Santiago, que costó la vida a 79 personas. El juez Aláez, que instruye la causa, imputó el pasado viernes a once antiguos cargos de Adif, a los que el magistrado considera responsables de la insuficiente seguridad en Angrois y, por tanto, de un posible delito “contra la seguridad colectiva”.

El auto ha sido recurrido por el fiscal Antonio Roma, al entender como «inaplicables los preceptos penales empleados» para justificar tanto la citación como la imputación de los exdirectivos del gestor de infraestructuras. “Los datos mencionados en este escrito dan cuenta de la imposibilidad de establecer una imputación penal de las personas citadas por el auto recurrido en esta fase del procedimiento”, concluye el ministerio público.

La conducta negligente del maquinista

En el recurso presentado, el fiscal despliega en algo más de 20 páginas los elementos que, a su juicio, impiden la atribución de responsabilidades penales a la antigua cúpula de Adif. En su argumentación, considera que el juez Aláez sitúa en el centro de su auto la ausencia de la máxima seguridad en el trazado donde su produjo el siniestro pero, para la Fiscalía, no es este motivo suficiente para justificar las imputaciones.

También acusa al magistrado de olvidar un elemento clave: el conductor del Alvia. “Entre los elementos de seguridad se encuentra y de una manera destacada la presencia del maquinista. Pues bien, la valoración del elemento establecido en el tipo penal castigado en el art. 350 CP consistente en el peligro concreto a vida, la integridad física de las personas o el medio ambiente no puede apreciarse sin considerar que el accidente se produce por una actuación por completo ajena a la conducta que se achaca a las personas llamadas a declarar como imputados, esto es, la conducta negligente de un tercero, en este caso un corresponsable directo e inmediato de la seguridad de quienes se encontraban a bordo del Talgo”, dice el recurso.

Los problemas en la señalización

El fiscal recuerda que el trazado cuenta con un raíl adaptado a las condiciones técnicas establecidas, sistemas de seguridad, señalización e incluso el dispositivo denominado del “hombre muerto en la máquina”.

En este sentido, critica que “el auto basa la atribución de responsabilidad penal no en los elementos físicos existentes en la vía sino en lo que debiera haber y no hay, centrando la atención no en el momento de producción del accidente sino en un tiempo y lugar lejano a estos efectos; no en la llamada telefónica de 1:40 minutos inmediata al accidente; no en la falta de normativa sobre el uso de terminales de telecomunicaciones; no en la desconexión del sistema ERTMS el 23 de junio de 2012 que también se ha investigado: en la modificación del proyecto original”.

La normativa

Finalmente, la Fiscalía profundiza en que los elementos de seguridad del tramo en el que descarriló el tren se habían incorporado de acuerdo con la normativa, tanto en el caso de la señalización lateral como en el cuadro de velocidades del que disponía el conductor del Alvia siniestrado, José Garzón Amo.

“No se ha concretado en el auto la norma legal quebrantada y, caso de haberse puesto de manifiesto, la extensión de la imputación tendría que haber sido diferente, alcanzando a muchos, incluidos parte de quienes han depuesto como testigos y desde luego no existen argumentos para achacar a estos la responsabilidad del accidente fatal”, concluye el fiscal.

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