Así es la ‘nueva parcelaria’ de la Xunta

La normativa incorpora criterios de productividad en la concentración de parcelas y establece sanciones de hasta 6.000 euros por obstaculizar los trabajos o por el abandono de fincas

Un campesino cultiva productos en su huerto

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El BOE publica este lunes la nueva ley de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia, enésimo intento de combatir el minifundio y regular procesos de concentración de parcelas que mejoren la productividad en el área rural. La normativa prevé un estudio técnico por zonas para determinar si la concentración de tierras debe ser declarada de utilidad pública, para proceder a continuación a las actuaciones de reordenación del territorio.

Para cada zona que tenga la categoría de utilidad pública se elaborará un plan específico, que incluirá un estudio de impacto ambiental, obras que faciliten los accesos a las fincas y planos cartográficos con la nueva ordenación. El proceso lo pilotará la Consellería de Medio Rural, si bien los propietarios tendrán voz a través de una junta de titulares.

Concentración forzosa

La nueva ley prevé que los propios propietarios puedan solicitar procesos de concentración o permutas de tierra para la mejora de sus explotaciones. En los casos en que sea la Xunta quien impulse la reestructuración de propiedades, los particulares no podrán oponerse, aunque sí que tendrán derecho de información y de presentar alegaciones:

«Declarada de utilidad pública la reestructuración parcelaria de una zona, esta será obligatoria para todas las personas propietarias y titulares de derechos y situaciones jurídicas sobre terrenos comprendidos dentro del perímetro de reestructuración, así como para los operadores públicos y privados de redes de suministro, infraestructuras y aprovechamientos», dice la ley.

Obligaciones

La normativa establece obligaciones a los usuarios, como la de «cuidar las parcelas de aportación en tanto no se produzca la toma de posesión de las nuevas fincas de reemplazo, sin que pueda talar o derribar arbolado, suprimir plantaciones permanentes o realizar actos que puedan disminuir el valor de la parcela de aportación sin la previa autorización del servicio provincial competente en materia de reestructuración parcelaria».

Tampoco se permitirá el «abandono de las fincas», siendo obligatorio mantener los cultivos. En caso de no poder garantizar este compromiso, los propietarios tendrán la posibilidad de incorporar las parcelas al Banco de Tierras.

Sanciones

La ley prevé sanciones para quienes que van de los 600 a los 6.000 euros, en caso de las infracciones más graves. Serían estas las de impedir u obstaculizar los trabajos de señalización de las parcelas, toma de posesión de las nuevas fincas o ejecución del plan de obras.

La normativa entró en vigor en julio y fue rechazada por todos los grupos de la oposición. Una de las novedades más significativas es la obligación de los propietarios de explotar, alquilar o incorporar al Banco de Terras las fincas, ya que el abandono podría comportar sanciones.

En segundo término, la agilización de los trámites para la reordenación y la inclusión de criterios de productividad, y no solo de aumento de tamaño de las explotaciones.

Beneficios fiscales

La nueva normativa establece una serie de beneficios fiscales. Así, las transmisiones en propiedad o cesión temporal de terrenos que formen parte del Banco de Terras tendrán una deducción del 100% en el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.

En lo que se refiere a las herencias, se podrá aplicar una reducción del 99% del valor de las fincas rústicas sueltas, y no solo de las explotaciones enteras, como hasta ahora. Esta ventaja, de la que también se benefician las ventas y donaciones inter vivos, se dará cuando estas fincas se incorporen al Banco de Tierras, pero también cuando se transmitan a una explotación agraria con un agricultor profesional al frente.

 [Documento completo: nueva ley de mejora de la estructura territorial agraria de Galicia]

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