NCG estudia cómo aplicar la sentencia de las cláusulas suelo

BBVA anuncia que suprimirá este punto de sus contratos con efectos retroactivos desde el 9 de mayo

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Novagalicia estudia cómo aplicar el fallo del Tribunal Supremo que anula las cláusulas suelo en las hipotecas por falta de información al usuario. Los servicios jurídicos de la entidad revisan todavía el documento del Alto Tribunal.

Tras conocer el primer fallo, BBVA, NCG y Cajas Rurales habían presentado una solicitud de rectificación, aclaración y subsanación de la sentencia. Especialmente, pedían que el tribunal precisara si era necesario que concurrieran una serie de circunstancias para que la cláusula fuera declarada nula, puntos sobre los que ahora se pronuncia.

Cajamar y BBVA

De momento, Cajamar Caja Rural ha anunciado que va a proceder a la retirada inmediata de las cláusulas suelo de “todas sus hipotecas”, mientras que BBVA ha avanzado que dejará de aplicar, con efectos desde el 9 de mayo, la cláusula suelo en sus contratos de préstamos hipotecario con consumidores para cumplir la sentencia del Supremo. El tribunal declaró ilícita esta concesión debido, fundamentalmente, a su falta de transparencia.

Según ha comunicado esta entidad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), el hecho de dejar de aplicar esta cláusula no significa que no vaya a recurrir el fallo.

Clausula abusiva

El Supremo aclara que la creación de la apariencia de un contrato de préstamo hipotecario a interés variable, cuando el índice de referencia o su evolución, previsible para el profesional, a corto o medio plazo lo conviertan en interés mínimo fijo variable nada más al alza, «constituye uno de los diferentes supuestos de falta de transparencia» del contrato y de «cláusula abusiva».

Así lo pone de manifiesto el Alto Tribunal en un auto de aclaración después de emitir una sentencia contra varias entidades bancarias a las que anulaba ciertos contratos hipotecarios debido a la falta de transparencia en lo que se refería a las cláusulas suelo.

Transparencia

El Supremo precisa que la sentencia emitida en su día «proclama la licitud de las cláusulas suelo condicionada a que se observe la especial transparencia exigible en las cláusulas no negociadas individualmente que regulen los elementos principales de los contratos suscritos con consumidores».

Recuerda que en la sentencia se identificaron seis motivos por los que las cláusulas no eran lícitas. Ahora aclara que «no se trata de una relación exhaustiva de circunstancias a tener en cuenta con exclusión de cualquier otra».

«Tampoco determina que la presencia aislada de alguna o algunas (de estas circunstancias) sea suficiente para que pueda considerarse no transparente la cláusula a efectos de control de su carácter eventualmente abusivo», indica la sala.

Desde 2011 sin cláusulas suelo

Otro de los aspectos en los que hace hincapié el Alto Tribunal es el hecho de que aunque la cláusula haya resultado beneficiosa para el consumidor durante un periodo de tiempo «no la convierte en transparente ni hace desaparecer el desequilibrio en contra de los intereses del consumidor». «La cláusula tiene por finalidad exclusiva proteger los intereses de la prestamista frente a las bajadas de índice de referencia», añade.

Novagalicia lleva desde inicios de 2011 sin vender hipotecas con esa condición de cláusulas suelo.

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