Los tribunales rechazan los argumentos de Abanca para salvarse de las cláusulas suelo

Las primeras sentencias tras la resolución del tribunal europeo obligan a devolver a los perjudicados todo el dinero; en el caso de Abanca, que no comercializó estas hipotecas, el Frob cubre el 85% de los costes que ocasionen los litigios

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Las Audiencias Provinciales de Lugo y Pontevedra han dictado las primeras sentencias sobre cláusulas suelo en las que aplican la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que obliga a devolver el dinero desde el mismo momento en que se firmó la hipoteca.

En ambos casos, los tribunales dan la razón a los demandantes y obligan a Abanca a la devolución de lo cobrado de más por efecto de la cláusula anulada. El banco que pilota Juan Carlos Escotet no comercializó este tipo de hipotecas, pero las heredó de Novagalicia al comprar la entidad.

La cobertura pactada con el Frob en el momento de la venta obliga al fondo de rescate bancario a abonar el 85% del quebranto ocasionado por el litigio en las cuentas de la entidad.

Rechaza que sea «cosa juzgada»

Abanca argumentaba que, a juicio de sus servicios jurídicos, la resolución del tribunal europeo no tendría efectos sobre sus hipotecas, pues era «cosa juzgada», en concreto, en el Tribunal Supremo y en el juzgado de lo Mercantil de Madrid en 2016.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Pontevedra rechaza este argumento y la «pérdida sobrevenida de objeto» que solicitaba el banco. De manera similar se pronuncia la Audiencia Provincial de Lugo, zanjando que «la extensión de los efectos de la nulidad de la cláusula comporta la devolución íntegra de lo indebidamente percibido» por la entidad bancaria en aplicación de la cláusula suelo.

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