Los bancarios no podrán cobrar según sus ventas

La CNMV prohíbe vincular las retribuciones variables de los empleados a la colocación de productos financieros

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) prohibirá a los bancos españoles vincular “de forma directa” las retribuciones de sus empleados con la colocación de productos financieros. Básicamente, los específicos o de categorías muy limitadas, como las preferentes. Las entidades usan esta fórmula para fijar el sueldo variable de la plantilla.

El regulador asegura que que esta modalidad propicia conflictos de intereses o falta de actuación en el mejor interés de los clientes. Señala que los trabajadores de la banca se ven incitados a favorecer sus intereses económicos en detrimento al de la persona a la que colocan el producto.

Se acabó recibir una retribución extra si se vende un plan de ahorro, jubilación o préstamo personal específico aunque no se ajuste exactamente a las necesidades de los clientes de la entidad, por ejemplo. Un “criterio cortoplacista” que sólo favorece al banco, señala el organismo presidido por Elvira Rodríguez en un comunicado.

Aplicación el 1 de febrero

La CNMV ya ha comunicado a las principales asociaciones del sector que a partir del próximo 1 de febrero aplicará nueva norma. Se incluye en las directrices sobre políticas y prácticas de remuneración (MiFID) que, a su vez, tiene el origen en la autoridad europea de los mercados financieros (ESMA).

Para fijar un nuevo modelo de retribuciones variables a los bancarios, el regulador recomienda tener en cuenta el grado de satisfacción de los clientes o el número de reclamaciones que recibe la entidad.

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