Las comisiones bancarias explotan en 2013: ¿qué derechos se mantienen?

Los clientes tienen el derecho de ser informados de cualquier cambio en la política de tarifas de los bancos

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Las nuevas exigencias de solvencia impuestas por Europa a los bancos españoles han provocado que las entidades apliquen nuevas estrategias para cumplir los requisitos, entre ellas, ampliaciones de capital y por supuesto aumentar sus beneficios incrementando sus comisiones.

Este hecho coincide además con que, el pasado 29 de abril, entró en vigor la Orden EHA/2899/2011, de 29 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios, que elimina la obligación de los bancos a elaborar un folleto de tarifas de comisiones, condiciones y gastos repercutibles a los clientes ni de registrarlo en el Banco de España por lo que, consecuentemente, en su página web ya no es posible encontrar los folletos de comisiones máximas de las entidades. En otras palabras, los bancos ya pueden cobrar las comisiones que quieran, tal y como explica el texto de la orden:

“Las comisiones percibidas por servicios prestados por las entidades de crédito serán las que se fijen libremente entre dichas entidades y los clientes”.

¿Significa eso que los clientes ya no tienen derechos en cuanto a las comisiones? ¿Qué puede hacer para protegerse?

Derechos de los clientes

Según el Banco de España, los clientes pueden acogerse a estos cinco derechos fundamentales:

1. Tanto las comisiones como los gastos bancarios deben responder a servicios efectivamente prestados. No nos pueden cobrar por servicios que no hayamos (1) solicitado o (2) aceptado.

2. Si el banco realiza cambios en comisiones que afectan a un contrato, nos las deberá comunicar con antelación: dos meses si el servicio es de pago y un mes si no.

3. Aún en el caso de que el cliente no haya cumplido alguna de sus obligaciones contractuales, el banco deberá comunicar el cambio con una antelación mínima de 10 días.

4. En cualquier caso, el banco deberá informarnos personalmente y por anticipado del coste del servicio.

5. Solo cuando las modificaciones impliquen claramente un beneficio para el cliente, podrán aplicarse inmediatamente sin previo aviso.

En este escenario, el cliente bancario debe conocer bien estos derechos, comprobar más que nunca los extractos bancarios, recordar que siempre es posible negociar y que, en caso de no estar de acuerdo con las condiciones impuestas por el banco, tenemos dos opciones: reclamar por escrito o cambiar de banco en busca de las cuentas sin comisiones del mercado actual.

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