La Audiencia Nacional da la razón al FROB en su contencioso con la Xunta por el precio de Novagalicia

El Gobierno gallego recurrió la decisión del fondo bancario de fijar el precio de la caja fusionada en 2.465 millones cuando se hizo con el 94% del capital

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El juzgado central de lo Contencioso Administrativo número 11 de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso que presentó la Xunta de Galicia contra el acuerdo del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) por el que se fijó el valor económico de Novagalicia a los efectos de determinar el precio de adquisición de las acciones por parte del organismo público.

Los hechos se remontan a 2011, tras la fusión de las cajas gallegas que dio origen a Novacaixagalicia. La nueva entidad tuvo que acometer un plan de recapitalización, ya que no llegaba al 10% del capital principal.

Nacionalización del FROB

Al no conseguir ese porcentaje mediante inversores privados, el Banco de España fijó en 2.465 millones de euros las necesidades de capital para la entidad, que sería la cantidad por la que el FROB entraría en el banco, en una participación algo superior al 60%.

Al no acreditar la caja la posibilidad de obtener el capital necesario por parte de terceros inversores, el FROB entró en el capital del banco, aportando los 2.465 millones de euros, lo que le daba derecho a una participación del 93,16% en la nueva entidad, NCG Banco, quedando Novacaixagalicia exclusivamente con una participación del 6,84%.

Xunta e inversores en contra

Ese movimiento provocó no sólo la confrontación de la Xunta, sino también de 17 inversores, empresarios gallegos que habían invertido unos 70 millones en el capital de Novacaixagalicia y cuya participación quedó en cero de un plumazo.
La Xunta, en el recurso que ahora se desestima, alegaba indefensión y denunciaba as supuestas incorrecciones procedimentales incurridas en el proceso de valoración por parte del FROB.

El juez Manuel Ponte rechaza la indefensión alegada por la Xunta y recuerda que la ley no prevé ningún trámite de audiencia para la determinación del precio de adquisición o suscripción de las participaciones por parte del FROB, especialmente en este caso, ya que fue la propia entidad la que solicitó apoyo financiero del organismo por el citado importe.

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