La Audiencia Nacional carga contra ‘la impunidad’ de los exdirectivos de las cajas

Argumenta que la suma de las cantidades consignadas "no satisface la responsabilidad civil" fijada en la sentencia, que asciende a casi 10,5 millones de euros

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La Audiencia Nacional ordenó este lunes el ingreso en prisión para cuatro directivos de Novacaixagalicia y un asesor jurídico que fueron condenados en 2015 a dos años de cárcel por el cobro de indemnizaciones millonarias que se concedieron a sí mismos antes de abandonar la entidad y que alcanzaron los 22 millones de euros.

En el auto, con fecha de 16 de enero, la Sección Tercera de la Sala Penal de la Audiencia Nacional argumenta su decisión señalando que «la gravedad del delito cometido, atendiendo al impacto macroeconómico producido, determina que, en aras a evitar la impunidad, sea necesario el ingreso en prisión de los cinco condenados».

A ojos de los mas magistrados Alfonso Guevara, Antonio Díaz y Ana María Rubio, los condenados –Julio Fernández Gayoso, José Luis Pego, Gregorio Gorriarán, Óscar Rodríguez Estrada y el asesor jurídico Ricardo Pradas– eran «individuos que tenían la administración de una caja de ahorros que precisó de un rescate por el Estado y que se encuentran investigados en otras causas que se instruyen en la Audiencia Nacional».

Aval insuficiente

Asimismo, la Audiencia apunta en su argumentación que «la suma de las cantidades consignadas y del producto de la venta de uno de los inmuebles embargados» a Gregorio Gorriarán «no satisface la responsabilidad civil» fijada en la sentencia y que asciende a casi 10,5 millones de euros.

Los exdirectivos, que favorecieron dietas presuntamente irregulares para 19 miembros de la entidad por valor de entre 9.000 y 308.700 euros, evitaron entrar en la cárcel al ser su pena de 24 meses y no tener antecedentes penales. Sin embargo, la Sala ha tenido en cuenta además que estos no devolvieron el dinero que se fijó en sentencia.

No obstante, en el fallo se recoge también que contra el auto cabe formular recurso de súplica en el plazo de tres días desde la notificación a las partes.

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