Hijos de Rivera y otras fortunas gallegas preparan ya el recurso judicial contra el FROB y NCG

La cervecera, además de Jealsa, Coren, Copasa e Inversiones Subel, pierde su demanda contra el banco por la operación acordeón impulsada por el fondo de rescate

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No todas las fortunas gallegas que invirtieron más de 70 millones de euros en Novagalicia y vieron borrada de un plumazo su participación tras la operación acordeón que impulsó el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) han corrido la misma suerte en su periplo judicial. Las distintas compañías afectadas por este mecanismo, aplicado justo antes del rescate europeo que experimentó la entidad presidida por José María Castellano, se organizaron en distintos grupos a la hora de litigar tanto contra el banco como contra el organismo estatal. Es por ello que se generaron distintas denuncias, distintos juicios y, también, distintas sentencias.

Corporación Hijos de Rivera, Inversiones Subel, de Luis Fernández Somoza, Concable Inversiones, Jealsa, Copasa y Coren han perdido en los juzgados contra NCG y el FROB, entidades ambas a las que reclamaba la reposición de las cantidades invertidas en el banco. El juzgado de primera instancia número 5 de A Coruña ha desestimado la demanda interpuesta por estas entidades que, en conjunto, reclamaban 20 millones de euros.

La jueza instructora sostiene en su sentencia que «sobre los inversores pesaba la diligencia de comprobación de los datos proporcionados pr la entidad que vendía sus acciones y que la falta de esta diligencia no puede llevar consigo ni la nulidad del negocio ni tampoco su rescisión».

Unificar criterios

Estas empresas aseguraban que invirtieron en Novagalicia sin conocer realmente la situación de la entidad y sin imaginar que unos meses después de su entrada en el capital de banco el FROB iniciaría una reestructuración que los dejaría sin fondos. El juzgado coruñés sostiene, no obstante, que no se puede demostrar la existencia de «información engañosa» por parte del banco por lo que no se puede presumir que existió «dolo» ni que se ocultasen «datos esenciales».

No obstante, esta decisión del juzgado de primera instancia número 5 guarda especial relevancia porque, hasta ahora, varias empresas en la misma situación que denunciaron a Novagalicia, ganaron sus respectivas demandas. Los abogados de todos los millonarios gallegos afectados por la operación acordeón del FROB aseguran que no se trata de un caso aislado. «Es algo que es más habitual de lo que se piensa», aseguran. «Vamos a recurrir de inmediato ante la Audiencia Nacional con el objetivo de que se unifiquen criterios», explican.

Jove y Tojeiro ganan

Y es que, de momento, estas seis empresas han sido las únicas que han perdido en el proceso contra el FROB y NCG. En diciembre el juzgado de primera instancia número 1 de A Coruña concluyó que ambas entidades debían devolver a Inveravante, Rodman, el editor de La Voz de Galicia, Ranebé y Luis Vázquez Mariño, su inversión que, en conjunto, llegaba a los 8,5 millones de euros (seis habían sido aportados solamente por Manuel Jove).

Curiosamente en aquella sentencia, la magistrada en cuestión entendía que sí existió dolo en el proceder del banco y del fondo de rescate estatal. «En la suscripción de los contratos de compromiso de inversiones en acciones de NCG Banco y compraventa de acciones de NCG Banco formalizados entre los demandantes y las entidades demandadas, concurrió dolo en el consentimiento, ocasionado por las entidades demandadas». Del mismo modo se articula la sentencia que dio la razón al grupo Gadisa, que también invirtió 10 millones en el banco.

Clientes «cualificados»

La actual sentencia, que desestima la denuncia de Hijos de Rivera entiende, además, que se trataba de «inversores cualificados». «por lo que las obligaciones adicionales de asesoramiento a las que obliga el ordenamiento a los clientes minoristas no es aplicable en el presente caso».

«Es claro que todas estas empresas o estaban profesionalmente dedicadas a la inversión de valores mobiliarios o tenían medios materiales y profesionales suficientes para acometer una inversión como la que nos ocupa, con conocimiento pleno de los riesgos de la misma, sin necesidad de ningún otro asesoramiento adicional por parte de las demandadas», dice la sentencia.

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