Guerra de recursos contra la sentencia de los ex directivos de NCG

Adicae, personada como acusación particular, recurrirá al considerar el fallo "una burla", mientras que los directivos condenados llevaran el caso al Supremo

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La Audiencia Nacional ha puesto un punto y seguido en el proceso que enjuicia las indemnizaciones millonarias que se embolsaron los ex directivos de Novacaixagalicia a su salida de la entidad, que dejaron en bancarrota y necesitada de los más de 9.000 millones de las arcas públicas que destinó el FROB para reflotarla. La sala consideró que Gregorio Gorriarán, José Luis Pego y Óscar Rodríguez Estrada, con la «imprescindible colaboración» de Julio Fernández Gayoso y el asesor jurídico Ricardo Pradas, «urdieron un plan» para beneficiarse económicamente de su más que previsible salida de la entidad y a pesar de conocer el agujero patrimonial de la misma.

Por ello condena a los tres primeros a devolver las indemnizaciones, que alcanzan los 18,9 millones, y a los cinco a dos años de cárcel, una multa de diez meses con una cuota diaria de 250 euros y la inhabilitación especial para el empleo durante el tiempo de la condena. Es una resolución más severa que la que falló la Audiencia Nacional para la cúpula de Caixa Penedés –solo el ex director, Ricard Pagés fue condenado a dos años de prisión– pero lo cierto es que no dejó contento a nadie.

El Supremo decidirá

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo y la defensa de Julio Fernández Gayoso ya ha anunciado que recurrirá. El que fuera primer directivo de Caixanova y co presidente de Novacaixagalicia sale malparado del juicio. La Audiencia Nacional lo acusa de mentir al consejo y de ejecutar el plan para blindar a sus compañeros, todos procedentes de Caixanova, pues García de Paredes, que también se embolsó una indemnización, fue absuelto por petición de la Fiscalía. En el entorno de quienes fueran máximos dirigentes de la caja se da por hecho que todos recurrirán.

Pero también en el lado de la acusación están que trinan. Parten de la idea de que los directivos evitarán la prisión, critican que se haya omitido en el fallo la responsabilidad por la estafa de las preferentes y consideran que la única condena de consideración es la devolución de lo que habían cobrado indebidamente. Adicae, que se personó como acusación particular, calificó la sentencia de «burla a los gallegos, a los consumidores y al conjunto de la ciudadanía» y anunció que también recurrirán. Habían pedido inicialmente 4 años de prisión.

Así se engaña al consejo

Queda libre de pecado el consejo de administración, que en la interpretación de la Audiencia Nacional fue una víctima más del engaño urdido por los directivos. La sentencia narra cómo se le daba información imprecisa tanto al consejo como a la comisión de retribuciones. El abogado Ricardo Pradas era quien daba fe de que los contratos de los directivos eran escrupulosamente legales y explicaba los pormenores técnicos. Gayoso apuntalaba las críticas diciendo que el Banco de España tenía constancia del blindaje, lo que resultó ser falso.

Una vez aprobadas las prejubilaciones de lujo para los directivos, sólo se abordó en una ocasión, el 30 de septiembre de 2011, el tema de las indemnizaciones en el consejo. Gayoso se negó a especificar la cuantía que se habían embolsado los directivos y dijo que solo hacían valer lo que estaba estipulado en su contrato. Planas hizo lo propio y comparó las indemnizaciones millonarias con la prejubilación de los trabajadores, que salieron en masa de la entidad por causa de la quiebra. «No hay ninguna diferencia entre estas prejubilaciones y las del resto de los empleados que también han decidido acogerse a esta situación al amparo del acuerdo laboral alcanzado con los sindicatos con ocasión de la fusión. La diferencia solo viene determinada por el importe de la retribución de cada uno de ellos», explicaba el abogado a los consejeros más críticos, según recoge la sentencia.

También critica la Audiencia que se comunicara al consejo que los nuevos contratos eran simplemente una convalidación» de los que ya tenían los altos cargos, cuando en realidad se trataba de un blindaje para seguir cobrando tras salir de la entidad.

Contra el FROB y el Banco de España

Aunque el presidente de la Xunta, Núñez Feijóo, tiende a culpar al Banco de España del fatal desenlace de la fusión de las cajas, lo cierto es que la sentencia muestra que los directivos de Novacaixagalicia ignoraron sus recomendaciones, las de Bruselas y hasta su propio compromiso con el FROB. Así, la primera inyección del fondo de rescate, 1.162 millones, llevaba aparejada el compromiso de la caja de «ajustar las políticas de retribución de sus altos directivos a los criterios señalados por la normativa comunitaria aplicable y a lo dispuesto por la Comisión Europea en sus Recomendaciones de 30 de abril de 2009». Un compromiso que, de cumplirse, hubiera echado por tierra la mejora contractual.

Un año después de la formalización de los contratos blindados de los directivos, el Banco de España informaba a Gayoso de la entrada en vigor de la nueva normativa sobre política salarial que, en realidad, suponía el desarrollo de una directiva europea del 2009. El reglamento exige «la alineación de las políticas de remuneración, incluidos los salarios y los beneficios discrecionales por pensiones, a los resultados a largo plazo de la entidad y, par otra, incentivar una gestión sana y prudente del riesgo» y Gayoso lo conocía, dice la Audiencia Nacional, antes de que se ejecutaran los contratos y se activaran, en consecuencia, las millonarias indemnizaciones.

La administración desleal

En definitiva, la Audiencia Nacional consideró que los directivos conocían que la caja se dirigía hacia la quiebra y que, a pesar de ello, «urdieron un plan» para obtener beneficio de su salida de la entidad y lo ejecutaron de forma «urgente» y «a todo correr». Que ocultaron información al consejo, llegando incluso a mentir, con el único objetivo de lograr un beneficio económico cuando llegasen los nuevos inversores y prescindiesen de sus servicios.

La mejora de los contratos se enfocó únicamente en las prejubilaciones y planes de pensión, pues a excepción de García de Paredes, todos tenían ya contratos de altos cargos de su etapa en Caixanova. Curiosamente, dichos contratos no se podían modificar sin su consentimiento y les reservaban la posibilidad de un desestimiento voluntario en caso de que modificasen sus condiciones de trabajo. De ahí colige la Audiencia que era innecesaria la mejora, si no tenía como fin asegurar jugosas indemnizaciones.

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