Condenan a NCG por colocar subordinadas a un bebé de cuatro meses

Un juzgado de Ponferrada ordena la devolución de 5.000 euros

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ponferrada ha anulado un contrato de suscripción de obligaciones subordinadas de Novagalicia Banco (NCG) con un bebé de cuatro meses.

La sentencia, dictada el 29 de noviembre, también ha condenado a la entidad a pagar el interés legalñ del dinero desde la fecha de suscripción de los valores y las costas del procedimiento judicial.

Según recoge el fallo, «en la orden de suscripción de obligaciones subordinadas se encuentra el nombre de dos titulares (cuenta asociada) pero la ordenante es un bebé de apenas cuatro meses, al tiempo de la suscripción» por lo que «dicho dato objetivo determina la inexistencia de información por el personal bancario o al menos que la misma pudiera comprender con tal edad».

Los padres abrieron una libreta de ahorro infantil

Según consta en la sentencia, los progenitores de la menor, con motivo del nacimiento de su hija, en enero de 2009, solicitaron al director de la sucursal de Cacabelos, en atención a la confianza existente durante años, la apertura de una libreta de ahorro infantil por importe de 5.000 euros.

Asimismo, se explica que como causa de la nulidad pretendida concurre un error en el consentimiento, «esencial y excusable», por las siguientes razones ya que fueron firmados los documentos sin leerlos en base a la confianza depositada en el personal de la sucursal contratante y se firmó en la creencia de que era una cartilla de ahorros infantil.

Además, se firmaron «con error», al creer que se trataba de un plazo fijo con alta rentabilidad destinado a una cuenta de ahorros para el bebé, «con la convicción de disponibilidad inmediata y en cualquier momento del dinero sin penalización alguna».

Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp