Una campaña recaudatoria de Hacienda pone en pie de guerra a las empresas catalanas

La AEAT intensifica los embargos de créditos de clientes a las empresas que mantienen algún tipo de deudas con la administración tributaria

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Fruto de las necesidades recaudatorias o del celo profesional del responsable del área de recaudación de la Agencia Tributaria (AEAT) en Barcelona, la administración tributaria ha intensificado los controles para recuperar deuda en Catalunya, hasta el punto de provocar un revuelo en el mundo empresarial catalán que ha visto como en unos meses se han intensificado los requerimientos, notificaciones y embargos de créditos que llegan a afectar incluso las relaciones comerciales entre compañías.

Con independencia de la intensificación en toda España de los controles tributarios (Hacienda ha llegado a notificar a particulares que no abonen el alquiler de viviendas a arrendadores morosos), la llegada de un nuevo responsable del servicio de recaudación de la AEAT en Barcelona ha provocado un tsunami en las relaciones de las empresas con el Fisco.

Gonzalo García de Castro, director del servicio encargado de recuperación de deuda, ha desplegado la normativa y ha intensificado la resolución de los expedientes de recobro en un tiempo récord. García de Castro se hizo cargo del departamento hace aproximadamente un año, según ha podido saber Economía Digital de fuentes conocedoras del funcionamiento interno del organismo tributario. Hasta ocupar ese cargo, era el máximo funcionario del área de gestión, también en las dependencias de la barcelonesa plaza Letamendi.

El aumento de la morosidad provocado por la crisis también se deja notar en Hacienda. Sin embargo, a diferencia de la Tesorería de la Seguridad Social, la AEAT dispone de mayor información estadística para cobrar las deudas. Por ejemplo, las declaraciones de relaciones con terceros (conocido de forma popular en el sector como el 347) que permite acceder al directorio de los principales clientes y proveedores de una compañía.

No pague a su proveedor, pague a Hacienda

Cuando alguna empresa retrasa sus pagos e ingresos a cuenta, la AEAT de Barcelona realiza un rápido expediente que concluye con una carta a los clientes. En ella se pide que los créditos que mantenga con el moroso sean directamente ingresados en Hacienda. “Antes la gente no contestaba. Ahora, la AEAT advierte de que si no contestan se les puede hacer responsables solidarios de la deuda”, explica Jordi Altayó, alto cargo del Colegio de Gestores Administrativos de Catalunya.

“García de Castro es un profesional muy serio y competente, hace servir todos los instrumentos y lo hace como deber vocacional”, aseguran fuentes de la patronal Foment del Treball. Sin embargo, el embargo de créditos no contribuye a mejorar las relaciones mercantiles y comerciales entre empresas, aseguran. Una opinión que comparte Altayó: “Cuando un cliente recibe una carta de este tipo, difícilmente sigue trabajando con ese proveedor”.

Un problema en la hostelería

La profusión de expedientes que se han desencallado no sólo se ha extendido a los particulares, sino que también afecta a pequeños negocios como la hostelería, que fruto de la crisis se han retrasado en sus liquidaciones a Hacienda. Foment del Treball ha trasladado su inquietud a la AEAT de Barcelona con objeto de que “sean sensibles a sectores en los que los embargos prácticamente afectan a los sueldos de los propios empresarios”.

Esta actuación de Hacienda es especialmente intensa en Catalunya, según ha podido contrastar esta publicación en diferentes fuentes. De manera oficial, la AEAT se limita a señalar que se están desarrollando “diferentes actuaciones que suponen la presencia física de funcionarios en las empresas”, pero que en ningún caso constituyen un peinado fiscal entendido como una campaña intensa de inspección fiscal.

Con la lupa en los impuestos especiales

Es más, entre los gestores administrativos se considera que la inspección tributaria incluso ha disminuido su intensidad durante la crisis económica. “Sólo se centran en declaraciones del 347 que incluyen diferencias flagrantes entre lo que declara una empresa y otra respecto a sus relaciones comerciales y a los tributos especiales (alcohol, tabaco y matrilaciones)”, señala Altayó.

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