Revés para la marca Zara ante la justicia europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea rechaza la protección de la marca de Inditex en el sector de los transportes, la restauración y el alojamiento temporal

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La justicia europea ha asestado un nuevo revés al grupo textil Inditex. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado el recurso presentado por la firma con sede en Arteixo contra la caducidad de la protección de la marca Zara en el transporte al entender que «no se han utilizado estos servicios públicamente y hacia el exterior».

En su alegación, el fabricante de moda señalaba que los franquiciados debían ser calificados de servicios de transporte por cuenta ajena, no por cuenta propia, y que esa calificación «errónea» llevó a declarar la caducidad de la marca comunitaria.

Derechos de uso

El litigio comenzó en 2013, cuando Zainab Ansell y Roger Ansell solicitaron la caducidad ante la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) de la protección de la marca Zara, registrada por Inditex en 2001, en algunos de los servicios comprendidos en las clases 39 y 42, que afectan a los transportes, a la restauración y al alojamiento temporal.

El grupo presentó entonces un recurso ante la OAMI que fue desestimado en mayo de 2014, al considerar este organismo que Inditex «no había presentado pruebas suficientes para demostrar el uso efectivo de la marca comunitaria para los servicios de la clase 39». Tras esta decisión, Inditex acudió al Tribunal de Justicia de la UE que en su sentencia de este miércoles volvió a desestimar el recurso.

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