Reganosa pierde una batalla judicial frente a Enagás, su eterno rival

El Supremo tumba un recurso contencioso de la compañía de Mugardos contra una orden de Industria que, supuestamente, beneficiaba a su competidora

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Reganosa y Enagás van camino de convertirse en enemigos íntimos. En su día, las diferencias entre sus promotores incluso representaron un riesgo para la puesta en operación de la regasificadora de Mugardos. Años de recelo hasta competir, desde el pasado mes de marzo, en igualdad de condiciones, cuando Reganosa logró que convertirse en transportista de gas. Competencia autorizó entonces a la compañía gallega a operar como transportista a condición de que sus socios, Gas Natural y Sonatrach, no pudieran votar en las juntas de accionistas. Y, ahora, una sentencia del Supremo echa abajo un recurso de Reganosa interpuesto contra una norma de Industria que, a juicio de la firma gallega, beneficiaba a su eterno rival, Enagás.

El equipo jurídico de Reganosa interpuso en enero de 2012 un recurso contencioso-administrativo en el Tribunal Supremo contra una orden del Ministerio de Industria que regulaba determinados aspectos e incentivos económicos relacionados con el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas dentro de este sector. La iniciativa de Reganosa iba dirigida también contra varias compañías, entre ellas Enagás, Naturgás, Gas Natural Comercializadora, Iberdrola y Fertiberia.

Norma discriminatoria

En sus fundamentos, la sentencia del Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso Economía Digital, considera que el objetivo clave del recurso de Reganosa contra la orden ministerial era Enagás, por resultar presuntamente muy favorecida por esa norma regulatoria.

De hecho, una iniciativa judicial semejante fue adoptada en su día por la Planta de Regasificación de Sagunto y que el mismo tribunal echó por tierra. En esta ocasión, la sentencia del Supremo, que data del pasado 29 de mayo, da cuenta del informe pericial que acompaña el recurso de Reganosa, pero aún así desestima la acción.

Fórmulas en cuestión

La compañía con sede en Mugardos apelaba, entonces, a que las fórmulas de incentivos establecidas en el artículo 5.2 de la Orden ITC/3128/2011 priman la distribución de gas a grandes distancias, esto es, permiten “unas mermas mayores a los transportistas que entregan el gas más lejos” (de modo singular a Enagás) e, inversamente, “penaliza a compañías como Reganosa”, que “suelen entregar el gas en su red, no a grandes distancias”.

En su recurso, el equipo jurídico de la compañía con sede en Mugardos mantenía que dicha norma de Industria sobre la regulación de los incentivos a la reducción de las mermas (pérdidas) vulnera “los principios” establecidos en la Ley del Sector de Hidrocarburos, así como en el real decreto que regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.

Ese decreto, en síntesis, pone especial énfasis en los criterios de calidad y fiabilidad del funcionamiento del sistema, así como hace hincapié en los de objetividad, transparencia y no discriminación. A juicio de la sala del alto tribunal, sin embargo, no hay base suficiente para considerar infringido ninguno de los preceptos del artículo 5 de la orden impugnada.

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