Méndez, de rositas: la Audiencia Nacional archiva la denuncia contra la cúpula de Caixa Galicia

José Luis Méndez esquiva la denuncia de la CIG por haber prescrito los delitos de los que se le acusa

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El juzgado central de instrucción número 1 de la Audiencia Nacional ha archivado la denuncia que presentó la CIG en 2011 ante la Fiscalía General del Estado contra José Luis Méndez, exdirector general de Caixa Galicia, y contra el resto de la excúpula directiva por las indemnizaciones recibidas «y la por entonces baja valoración» de Novacaixagalicia.

Según informa la central nacionalista, «una vez más» su intento de «conseguir que se esclarezca lo que aconteció» en esta entidad «tropieza con la justicia española», en concreto con la Fiscalía. Y es que, según apunta, la Audiencia tomó esta decisión «en base al informe de la Fiscalía», que, según recuerda la CIG, «abrió una investigación, pero centrada fundamentalmente en las indemnizaciones millonarias de los directivos procedentes de Caixanova«. «Pese a que el exdirector de Caixa Galicia se marchó con una indemnización multimillonaria», advierte.

La CIG critica que no se investigase a Méndez a pesar de haber cobrado una indemnización millonaria

Así, sigue su relato, en 2014 la central presentó una querella ante la Audiencia Nacional contra las excúpulas directivas de Caixa Galicia y Caixanova por la emisión de preferentes y obligaciones subordinadas que fueron comercializadas en tramo minorista. «En 2015 archivó el caso alegando no ser competente», lamenta.

Hechos prescritos

Ahora, ante la denuncia presentada en 2017, la Audiencia Nacional «parece ser competente», critica, «pero en base al informe de la Fiscalía entiende que los hechos estarían prescritos». Dice la Fiscalía, según censura la organización sindical, que «pese a entender que la competencia para investigar los hechos es de la Audiencia Nacional, la causa debe archivarse por estar prescritos los hechos denunciados«.

Se centra «en que se denuncia la comisión de un delito de falseamiento de cuentas anuales por parte de los administradores de una sociedad, previsto y penado en el artículo 290 del Código Penal, castigado con pena de hasta tres años de privación de libertad». E indica que «los hechos denunciados habrían tenido lugar en los años 2008 y 2009 y por lo tanto estarían claramente prescritos en el momento de presentación de la denuncia, 4 de abril de 2017».

La CIG reprueba que Fiscalía «se centre exclusivamente en uno de los posibles delitos denunciados, pero no en el resto». Añade que la denuncia fue interpuesta ante el juzgado central de instrucción, después de intentar «infructuosamente» presentarla en la propia Fiscalía de la Audiencia. Por último, apunta que «mientras la cúpula de Bankia o la de la CAM están siendo juzgadas, la de Caixa Galicia, entidad también quebrada en 2009, ni siquiera fue investigada por la justicia española». «Y no será porque desde la CIG no lo intentamos», concluye.

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