Martinsa-Fadesa muere matando: gana a BBVA en el Supremo

Catalunya Banc bloqueó cuentas de Martinsa por más de 13 millones y ahora es condenada a reintegrar otros dos millones a la constructora en liquidación

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En el tiempo de descuento, en plena agonía de un proceso de liquidación con canjes y subastas de activos para sufragar su deuda, Martinsa-Fadesa logra un premio de consolación, una victoria que no mitiga la derrota. El Tribunal Supremo acaba de dar la razón a la constructora frente al BBVA, antes Catalunya Banc, que formó parte del pool que refinanció la deuda de Martinsa-Fadesa antes de su quiebra y a posteriori maniobró para garantizarse poder cobrar las garantías depositadas.

Martinsa-Fadesa se dio de bruces primero en el Juzgado de Primera Instancia número 50 de Barcelona, que desestimó inicialmente su demanda contra Catalunya Banc. Posteriormente, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Barcelona dio la razón a la constructora de Fernando Martín. Hasta llegar a la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y esta vez a instancias del banco integrado en el BBVA.  El alto tribunal decidió a finales de noviembre desestimar el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por Catalunya Banc S.A. En juego, unos cuantos millones de euros.

Cuentas millonarias retenidas

Catalunya Banc había ordenado bloquear diversas cuentas de Martinsa Fadesa, en concreto, tres pagos entre 2011 y 2013, que superaban los 13 millones de euros. Una de las cantidades bloqueadas sumaba 11,7 millones. El banco también procedió a compensar otros 2,1 millones, haciendo efectiva una retención en otra cuenta de la constructora ahora en liquidación. Toda las cantidades indebidamente compensadas deberán ahora ser devueltas, y las indebidamente retenidas deberán ser reintegradas a la constructora con los intereses legales correspondientes, de acuerdo con la sentencia del Supremo.

Los dos millones de euros que ahora vuelven a al caja de Martinsa correspondían con los avales exigidos por el banco cuando, antes de la suspensión de pagos, en 2007, se había formalizado un crédito senior con un pool de bancos, que finalmente no evitaría el concurso de Martinsa-Fadesa.

La crisis de la refinanciación

En febrero de 2007, entonces Catalunya Banc, Martinsa-Fadesa y un grupo de bancos suscribieron un préstamo sindicado por importe de 4.100 millones de euros para liquidar las obligaciones derivadas de la OPA de Fadesa Inmobiliaria S.A. En mayo de 2008, las partes novaron el contrato de préstamo sindicado mediante un contrato de financiación senior modificado, para obtener financiación que garantizara los avales previamente suscritos por Catalunya Banc a favor de Martinsa. La compañía de Fernando Martín, en ese momento, constituyó en escritura pública un derecho real de prenda sobre las cantidades depositadas en la cuenta bancaria afecta al préstamo, en garantía del crédito de Catalunya Banc.

Renuncia inicial a las garantías

El concurso de Martinsa llegó en julio de 2008. En ese proceso, la administración concursal formuló una demanda de rescisión del contrato de financiación, con la finalidad de dejar sin efecto las garantías otorgadas en dicho contrato. Meses después, ya en 2009, la administración concursal suscribió un acuerdo transaccional con algunas de las entidades demandadas intervinientes en el crédito, incluida Catalunya Banc, por la que éstas renunciaban a las garantías detalladas en el acuerdo.

 La transacción llegó a ser homologada por auto de 25 de febrero de 2009 por parte del Juzgado de lo Mercantil número uno de A Coruña. Y en ello se sustancia ahora, casi diez años después, la sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a Martinsa y obliga a devolver las cantidades retenidas y cobradas por el BBVA.

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