Los tribunales anulan parte del convenio de Begano por «trato peyorativo» y «discriminación» a los trabajadores

El Tribunal Superior de Xustiza obliga a la embotelladora de Coca-Cola a pagar el plus de antigüedad que suprimió para todos los empleados contratados desde 2001

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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha anulado una cláusula del convenio colectivo de Begano, la embotelladora gallega de Coca-Cola, por considerar que incurre en un trato discriminatorio y peyorativo con la plantilla. Atiende así una demanda de impugnación presentada por Comisiones Obreras, a la que se adhirieron UGT y CSIF, y que la sala estima íntegramente en un fallo emitido el pasado 23 de febrero.

El artículo conflictivo es el número 16 y en él se establece que «el personal que hubiera adquirido o adquiera la condición de fijo a partir del 1 de enero de 2001 no devengará el complemento de antigüedad», sustituyéndose por un plus de permanencia con una retribución inferior.

Esta cláusula se incorporó en 2001 y se fue renovando convenio a convenio hasta 2012, lo que suponía que todos los contratados que lograban la condición de indefinidos a partir de entonces no tenían derecho al plus de antiguedad, sino a un complemento peor retribuido.

El trato peyorativo

Comisiones Obreras entendió que el artículo discriminaba a los nuevos trabajadores con respecto a los más antiguos y el tribunal confirmó sus sospechas, al considerar que la diferencia de trato no está justificada.

«Si lo que retribuye el complemento discutido es la permanencia en la empresa, se trata objetivamente de retribuir unos servicios continuados durante un periodo prefijado, que cumplen en iguales condiciones todos los trabajadores de la demandada, no siendo razonable que se retribuyan de diferente modo», explica en la argumentación del fallo.

También recuerda la sala, citando otras resoluciones judiciales, que «la distinta fecha de ingreso en la empresa, por sí sola, no puede justificar un modo diferente de valoración de la antigüedad en el convenio de un grupo de trabajadores respecto del otro, puesto que su lógica descansa en un trato peyorativo a quien accede más tarde al empleo, haciendo de peor condición artificiosamente a quienes ya lo son por las dificultades existentes en la incorporación al mercado de trabajo».

Costará 500.000 euros a Coca-Cola

Por estos motivos, anula la cláusula, de manera que Begano tendrá que retribuir el plus de antiguedad a los trabajadores. Este complemento está fijado en dos bienios del 5% y 7 trienios del 6% sobre el salario base de calificación.

Los sindicatos fijan el coste para Coca-Cola Iberian Partners, el holding en el que está integrado Begano, en unos 500.000 euros que beneficiarán al 80% de la plantilla, que cobraba el plus de permanencia con el cálculo menos ventajoso.

La compañía tiene la posibilidad de recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo.

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