Los secretos de Rojadirecta: así ganaba millones el gallego Igor Seoane

La juez concluye que los usuarios de la página nunca pudieron subir enlaces a emisiones deportivas, sino que se hacía internamente; los ingresos procedían de publicidad de empresas de apuestas

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Algunos de los engranajes ocultos de Rojadirecta, la página de enlaces a emisiones deportivas que puso en jaque a los dueños del fútbol televisado –Mediapro, Canal — y que tiene detrás al gallego Igor Seoane, quedaron desvelados en una sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, que ordenó a la empresa responsable del portal y a su administrador dejar de incluir contenidos de Mediapro e indemnizar a la compañía, titular de los derechos de emisión de los partidos de la Liga de fútbol, en una cuantía todavía por determinar.

La sentencia afecta a la sociedad Puerto 80 Projects, creada en 2009 con domicilio en Arteixo, y a Igor Seoane, hijo de empresario al que se le supone un gran talento para la informática y una voluminosa cuenta bancaria. De hecho, la Policía Nacional informó el pasado 31 de octubre de unos ingresos de 11 millones de euros en sus cuentas bancarias.

Más de un millón en ingresos al año

De Igor Seoane, que se protege con peluca, gafas y casco de moto en la puerta del juzgado, se sabe poco. Pero de Rojadirecta, marca registrada a su nombre y utilizada por la empresa de la que es administrador, bastante más.

La web se presenta como una alojadora de enlaces que da acceso a emisiones de eventos deportivos –en directo o con un ligero diferido– ordenados y clasificados por la propia página en base a una agenda diaria. El producto estrella eran los partidos de la Liga, que se podían ver de manera gratuita sin necesidad de pagar el abono a Mediapro o Canal . Ambas demandaron a Puerto 80.

El contable de la empresa declaró ante el juez que la página obtenía unos ingresos de entre uno y dos millones al año a través de la publicidad que insertaban empresas de apuestas. Las cuentas de Puerto 80 nunca se presentaron en el Registro Mercantil en seis años de actividad.

La propia Rojadirecta publicaba los enlaces

La defensa de Seoane se fundamentó en que Rojadirecta es una mera alojadora que no puede controlar la totalidad de enlaces que los usuarios incoporan a la página, lo que la convertiría en una especie de Youtube, cuyo interés radica en el soporte y en el ordenamiento de contenidos.

La jueza sin embargo, descarta esta idea al constatar que el servicio básico del portal, permitir a terceros subir enlaces, nunca funcionó. Así lo manifestó el contable J.T. y quedó en evidencia en el juzgado cuando un perito no fue capaz de publicar un enlace en el portal. «En el propio portal de Rojadirecta no hay medios tecnológicos para que terceros suban enlaces por lo que se infiere que se suben de forma interna», señala la sentencia de la magistrada Salomé Martínez Bouzas.

Rojadirecta, contra las emisiones ‘pirata’

Como muestra de la buena voluntad de Rojadirecta, el portal eliminaba los enlaces que remitían a contenidos ilegales, carentes de derechos de emisión. De hecho, el propio Igor Seoane defendió ante la juez que Puerto Projects actúa siempre «con la mayor celeridad» en estos casos.

El truco, según expresa la sentencia judicial, es que una vez que los usuarios accedían al contenido enlazado, podían continuar viendo la retransmisión, que era siempre en directo o con un ligero diferido, incluso cuando Rojadirecta eliminara el enlace.

La juez indicó, además, que Rojadirecta «tiene un cierto control de los sitios enlazados» porque cumplen todos una serie de requisitos que exigía el propio portal: «tienen el logo de roja directa en la cabecera y el streaming embebido».

El error de Igor Seoane

El calendario de eventos deportivos accesible desde Rojadirecta se publicaba siempre con bastante antelación. Pero esto cambió, e Igor Seoane cometió un error. Desde que se abrieron diligencias contra el portal, «se fue acortando el tiempo» en el que aparecía la agenda de eventos respecto a la emisión en directo de dichos eventos.

Esta modificación solo se produjo para los partidos de la Liga de fútbol, precisamente, los que provocaron las demandas de Mediapro y Canal . En cambio, para el resto de disciplinas, se mantuvo la antelación inicial, lo que para la juez «resulta especialmente significativo y lleva efectivamente a este tribunal a concluir que los que suben los contenidos no son ajenos a Rojadirecta».

A la espera de recurso

La nueva sentencia, del Juzgado de lo Mercantil número 2, añade a estas consideraciones que, aunque no se hubiera aceptado su condición de infractor directo, la resolución habría sido la misma por reunir también los caracteres propios de un cooperador necesario de la infracción.

Ambas sentencias pueden ser recurridas ante la Audiencia Provincial.

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