Lío entre la refinería de A Coruña y Hacienda

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia desestima un recurso de Repsol contra una sanción por las autoliquidaciones del Impuesto Especial de Hidrocarburos

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El equipo jurídico de Repsol no da batalla por perdida, por pequeña que sea. Es el caso de las autoliquidaciones del Impuesto Especial de Hidrocarburos con origen en la refinería de A Coruña, que fueron merecedoras de una sanción por parte de Hacienda. El lío ha llegado al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, cuya sección cuarta de la Sala de lo Contencioso acaba de dar la razón al fisco, desestimando un recurso de la compañía petrolífera.  

El fallo del alto tribual gallego, contra el que cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Supremo, es concluyente. En una sentencia del pasado mes de enero, la sala de lo Contencioso tumba el recurso presentado por el equipo jurídico de Repsol el año pasado contra una sanción impuesta por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Galicia, dependiente de Hacienda, comunicada en diciembre de 2015. El motivo, la incorrecta aplicación de las autoliquidaciones del Impuesto Especial de Hidrocarburos.  

Entregas a CLH

Repsol fue sancionado por Hacienda por incumplir el artículo 191 de la Ley General Tributaria, que aborda las infracciones fiscales por dejar de ingresar la deuda que debiera resultar de una autoliquidación en cualquiera de sus variables.  

El caso es que, según recoge la sentencia, Repsol no autoliquidó determinados volúmenes de entregas de combustible a CLH por el importe correspondiente a las pérdidas originadas en el proceso de suministro. Esas pérdidas, según el expediente que figura en la sentencia, superan las admitidas en la legislación española.  

La sentencia detalla que, en el expediente que originó la sanción por parte del Tribunal Económico Administrativo Regional de Galicia, figuran entregas a CLH en Gijón por determinados volúmenes (en concreto, 3,2 millones de litros de gasóleo A, unos 7,9 millones de litros de gasolina 95 sin plomo y otros 2 millones de gasolina 98 sin plomo). Sin embargo, en el certificado de recepción figuran, por defecto, otras cantidades.  Según la sanción, las diferencias, en lo que respecta a las entregas de gasóleo A y gasolina 98, superan a las admitidas por ley.

Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp