Las inmobiliarias ven un caos en la moratoria al alquiler de locales

La patronal inmobiliaria Fegein reprocha al Gobierno que genere inseguridad jurídica y deje desamparado al propietario ante impagos

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El Gobierno aprobó el pasado martes en Consejo de Ministros un Real Decreto de medidas urgentes para dar apoyo a pymes y autónomos ante el parón económico provocado por el coronavirus. En el paquete de iniciativas se incluye un aplazamiento en el pago del alquiler de los locales comerciales hasta cuatro meses después de finalizado el estado de alarma si es propiedad de un gran tenedor o de una empresa pública.

Del mismo modo, si el arrendador no fuera ni un gran tenedor ni una empresa pública, el Real Decreto permite a pymes y autónomos solicitar un aplazamiento “temporal y extraordinario” con acuerdo entre las dos partes. También podrán disponer de la fianza para el pago total o parcial de las mensualidades, siempre y cuando esta reponga en plazo de un año o antes de la finalización del contrato. Solo pueden acogerse a la moratoria quienes hayan perdido un 75% de su facturación en el mes previo a la solicitud del aplazamiento.

Conflictividad judicial

Estas medidas han generado rechazo en la Federación Galega de Empresas Inmobiliarias (Fegein), que entiende que el Ejecutivo hace recaer sobre el arrendador la carga del aplazamiento o el fraccionamiento de rentas, generándole además inseguridad jurídica.

El problema surge cuando el aplazamiento se aplica a propietarios que no son grandes tenedores. “Se establece un horizonte de evidente conflictividad judicial, dado que no se especifica la obligatoriedad del arrendador de aceptar la propuesta de aplazamiento del pago de la renta ni tampoco se concretan los términos de dicho aplazamiento, ni siquiera cómo deben establecerse las comunicaciones entre las partes”, dice Benito Iglesias, presidente de Fegein.

Desamparo del arrendador

La patronal inmobiliaria considera que el decreto incurre en una discriminación hacia el propietario, pues “no instrumenta ninguna ayuda transitoria en el caso de que el arrendatario no acepte ninguna propuesta de aplazamiento”. También critica el uso de la fianza como pago que “deja sin cobertura al arrendador en caso de que se hayan producido daños en el inmueble”. Tampoco se especifica, dice Fegein, que “la no reposición de la fianza se considere un incumplimiento contractual”, lo que conllevaría la resolución del contrato y el desahucio.

A esto se añade que las fianzas están depositadas en el Instituto Galego de Vivenda e Solo, por lo que la solicitud para su devolución conllevará demoras para su tramitación, recuerdan en la patronal.

Fegein señala que el Ejecutivo tenía otras medidas de exención en el pago de rentas que no obligaran al propietario a soportar las consecuencias económicas de la medida, fijando compensaciones, subvenciones o financiación a cargo del erario público.

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