Las inmobiliarias advierten a la Xunta: «Rechazo frontal» a nuevos impuestos al alquiler de vivienda

Temen que se aplique el gravamen de Transmisiones Patrimoniales a los arrendatarios, lo que implicaría un duro golpe al área más dinámica del mercado; el Gobierno gallego asegura que no habrá cambios

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La patronal inmobiliaria ha lanzado una dura advertencia al Gobierno gallego. «Manifestamos nuestro profundo rechazo a imponer el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales en los arrendamientos, cuyo pago debe efectuar el inquilino de una vivienda», expresaba la Federación Galega de Empresas Inmobiliarias (Fegein) en un comunicado.

El sector vive en estado de alerta después de que la comunidad de Madrid esté aplicando el impuesto y medios como El Pais hayan puesto a Galicia en la lista de territorios que estudian aplicarlo, al incluir el gravamen al arrendador entre los planes de control tributario.

«La Administración autonómica quiere recuperar un impuesto que penaliza a las rentas medias bajas y rentas bajas y también penaliza al colectivo de la sociedad como los jóvenes menores de 40 años con rentas inferiores a los 24.100 euros», lamenta Fegein, conocedora de que la mayor cuota de actividad de las inmobiliarias actualmente procede del mercado del alquiler.

La Xunta responde

Ante el comunicado, la Xunta ha respondido que no habrá ninguna novedad respecto al impuesto. El ITP, que debe abonar el inquilino, está vigente desde 1993 en la legislación del Estado y, por tanto, de obligado cumplimiento en todas las comunidades. Sin embargo, en Galicia existe una bonificación del 100% para el alquiler de vivienda entre particulares en las que haya intermediación del Instituto Galego de Vivenda e Solo.

El Gobierno gallego defiende que no hay ninguna novedad y que siempre se ha incluído el impuesto en los planes de control de la Axencia Tributaria de Galicia.

Benito Iglesias, presidente de Fegein, alertó que el cobro del ITP a los inquilinos constituiría «una medida recaudatoria más, que sólo contribuye a potenciar la desigualdad social y asfixiar la maltrecha economía de las familias gallegas «, añadiendo que «este viejo impuesto recuperado del baúl de la agencia tributara jamás se ha cobrado desde su aprobación el 24 de septiembre de 1993».

Manual para entender el ITP

Fegein, en su comunicado, incluye información sobre la naturaleza del impuesto, cómo se aplica y quién tiene la responsabilidad de abonarlo:

¿Se aplica para todos los contratos? No, el ITP de arrendamiento solo es válido en caso de que se alquile un inmueble, por lo tanto, no aplica para locales o viviendas destinadas a uso comercial, los cuales tendrán que pagar el IVA.

¿Cómo se aplica el impuesto? Este impuesto solo se paga una vez y se hace efectivo en el momento de formalizar el contrato o, más bien, en el registro de este ante el IGVS junto con el depósito de la fianza.

¿Quién cobra el impuesto? El cobro de este impuesto está a cargo de las comunidades autónomas, quienes tienen la potestad para fijar el tipo.

¿Le reclamarán el pago? En muchos casos, se está aplicando un carácter retroactivo, por lo que el arrendatario, no solo tendrá que hacer frente al pago del ITP, sino que además, si no ha cumplido con los importes, tendrá que pagar lo que esté debiendo, hasta cuatro años y un mes.

Si no se está pagando, ¿el arrendador también tiene responsabilidad? Se establece que si el arrendador recibió alguna renta sin el justificante de haber pagado el impuesto, también es responsable subsidiario.

¿Qué plazo hay para pagar? Se tendrá que pagar en los 30 días hábiles siguientes a la firma por la duración íntegra del contrato.

¿Puedo recibir sanciones por no haber cumplido la obligación? La Agencia Tributaria puede solicitarle el pago, el cual se tendrá que hacer con intereses e incluso sanciones de hasta 50%.

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