La patrimonial de Ortega tiene pendiente la regularización fiscal de varios años

La Audiencia Nacional considera prescritas las deducciones indebidas en Gartler durante dos ejercicios, según la sentencia difundida por Anova

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Amancio Ortega también resbala. La Audiencia Nacional ha confirmado una resolución del Tribunal Económico Central que considera que Gartler, una de las sociedades patrimoniales a través de la que controla Inditex, aplicó deducciones indebidas durante varios años. Así se desprende de la sentencia que fue facilitada en la tarde del martes por la formación política Anova.

La sentencia de la Audiencia Nacional, fechada el 21 de marzo de este año, confirma la regularización fiscal por la que la Administración Tributaria de Galicia procedió a incrementar la base imponible del impuesto de sociedades de Gartler.

Recurso de Gartler

Según el texto facilitado a los medios de comunicación, las deducciones indebidas se habrían cometido entre los años 1998 y 2002. La sentencia estima parcialmente un recurso de Gartler por lo que considera “prescrito el derecho de la administración a determinar la deuda tributaria de los ejercicios 1999 y 2000”, pues concluye que los plazos aplicables en las inspecciones excedieron el límite fijado.

El fallo, no obstante, no entra a valorar qué es lo que ocurrirá con las liquidaciones correspondientes a los ejercicios restantes, aunque en el texto de la sentencia se recoge que el incremento de la base imponible del impuesto de sociedades durante 2001 y 2002 se eleva hasta 1,4 y 1,2 millones de euros respectivamente.

El sueldo de Ortega

Pero, ¿cómo se produjeron las deducciones indebidas? Según explica Anova, en la sentencia consta que la sociedad Gartler dedujo durante varios ejercicios la retribución del propio Amancio Ortega como consejero delegado (que ascendía a algo más de un millón de euros al año), “a pesar de que en los estatutos de la sociedad constaba que dicho cargo no llevaba aparejada ninguna retribución y de que, además, Ortega, no estaba contratado laboralmente por Gartler ni dado de alta en la seguridad social”.

La retribución que percibía Ortega correspondía a servicios prestados por representar los intereses de Gartler en Inditex y dirigir la estrategia de esta última (la mayor parte de la textil era controlada durante esos años por Amancio Ortega precisamente a través de Gartler).

Gastos deducibles

La sentencia indica que en un supuesto similar, el Alto Tribunal declara que “es necesario distinguir cuando la retribución satisfecha es consecuencia de la prestación de servicios o cuando es mera retribución de capital, para lo que exige que resulte probada la prestación de servicios que se retribuyen, llegando a la conclusión en el supuesto analizado en la sentencia trascrita, que no se había acreditado prestación personal de los consejeros de la sociedad, por lo que la retribución percibida por estos ha de considerarse retribución de fondos propios (…) que establece que no tendrán consideración de gastos deducibles”.

Mediante una nota de prensa, Anova ha cargado duramente contra Gartler por haber incluido “indebidamente como gasto deducible la retribución del propio Amancio Ortega”. “Resulta especialmente lamentable que una sociedad patrimonial de una de las personas más ricas del mundo y propietario del 60% de Inditex tenga que ser regularizada fiscalmente por deducir ilegalmente de su impuesto de sociedades una retribución”, indica.

Investigación de las sicav

La formación liderada por Xosé Manuel Beiras ha reclamado al Gobierno una inspección fiscal de las sociedades patrimoniales y de las sicav para evitar “la prescripción de posibles delitos de fraude fiscal”.

De momento, desde Inditex no ha habido comentarios ante el comunicado difundido por Anova.

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