La Audiencia Nacional tumba la ofensiva de Enagás contra Reganosa

La mayor compañía de transporte de gas de España intentó anular la licencia de la regasificadora de Mugardos para competir con ella y la acusó de contratar 25 millones en servicios de Gas Natural, su primer accionista

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Las relaciones entre Reganosa y Enagás son de puertas afuera excelentes, incluso mantienen una colaboración comercial, pero entre bambalinas se lanzan alguna que otra bofetada. Así ha sucedido con la histórica autorización concedida por la Comisión Nacional de la Energía (CNE) a la regasificadora de Mugardos para ejercer como gestor de la red de transporte de gas y, de facto, convertirse en competidor de Enagás, que controlaba totalmente el mercado en España.

Aquella licencia de la CNE estableció condiciones a Reganosa para separar poderes, como exige la normativa del sector de hidrocarburo, pues en su accionariado están empresas de comercialización y distribución de gas. Sería el caso de Gas Natural, que a través de la sociedad Gasifica tiene un 21% del capital, y de la estatal argenlina Sonatrach, con un 10%. Competencia zanjó que la licencia a Reganosa para ser transportista de gas lleva aparejada la pérdida del derecho a voto en la junta de accionistas tanto de Gas Natural como de Sonatrach, una manera de garantizar la separación de actores, al tiempo que tampoco podrán nombrar miembros del consejo de administración.

Esos requisitos dan luz verde a Reganosa para gestionar sus 130 kilómetros de red de transporte de gas en Galicia, que se conectan con otros de sus activos, entre ellos la regasificadora de Mugardos y los ramales conectados con dos centrales de ciclo combinado, como el de As Pontes. 

Enagás se rebela

Pero Enagás no estaba de acuerdo con la Comisión Nacional de la Energía ni con la CNMC, así que decidió emprender un contencioso administrativo para impugnar la certificación de la regasificadora de Mugardos y llevarla ante la Audiencia Nacional. Se amparó en el Código de Comercio para exigir un nuevo examen, de manera que la comprobación no se limitase a la composición del accionariado.

Argumentaba Enagás que no está comprobado que exista una verdadera separación de actividad y ponía sobre la mesa datos, como que Reganosa ha realizado importantes operaciones con Sonatrach y con Gasifica, concretamente «ha mantenido relaciones de prestación de servicios con Gas Natural SDG, S.A. en cuantía superior a los 25 millones en el ejercicio 2012, lo cual supone un indicio de incumplimiento de las condiciones de separación de actividades».

Reganosa gana

La Audiencia Nacional, en sentencia del 10 de junio pasado, concluyó que las garantías legales que ofrecía Reganosa eran suficientes para mantener la certificación. El tribunal acepta los argumentos de Reganosa al entender que de perder la licencia Enagás podría gestionar la red de transporte que pertenece a la regasificadora gallega «lo cual pone en evidencia la concurrencia de un interés competitivo en Enagás».

Finalmente, asegura que las restricciones al accionariado y las condiciones establecidas por el supervisor son suficientes para que Reganosa cumpla ley, además de que la CNMC impuso a Reganosa «la obligación preventiva de informar periódicamente de los acuerdos sociales y de los nombramientos del Consejo de Administración en términos que permiten garantizar el control efectivo del cumplimiento de los indicados requisitos».

Contra la sentencia cabe recurso, pero Enagás aseguró a este medio que no volvería a la batalla y que no presentará nuevas alegaciones, por lo que el fallo supone la consecución efectiva de Reganosa del estatus de transportista de gas, sin nada ya que amenace su nueva competencia.  

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