La Audiencia Nacional da la razón al Grupo Tojeiro en su guerra con Hacienda

Estima el recurso presentado por Forestal del Atlántico contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo, que avaló las actas de inspección sobre el Impuesto de Sociedades levantadas por la Agencia Tributaria

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La Sala Segunda de la Audiencia Nacional acaba de estimar el recurso interpuesto por Forestal del Atlántico, del Grupo Tojeiro, en el procedimiento 210/2011 contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Central en relación con las actas de inspección correspondientes a los ejercicios 2001 y 2003 a 2005 levantadas en su día por la Agencia Tributaria.
Desde el grupo que preside Roberto Tojeiro Rodríguez, que también lo es de Forestal del Atlántico, señalan que “la estimación de este recurso tiene un doble efecto, el primero sobre el Impuesto sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios objeto del procedimiento, 2001 y 2003 a 2005, convalidando las deducciones en discusión correctamente practicadas por Forestal del Atlántico en 2001 y la corrección de la imputación temporal en el ejercicio 2001 y siguientes del diferimiento por reinversión de beneficios extraordinarios”. La sentencia acaba de ser notificada al grupo, señalan fuentes de la compañía.

El segundo efecto al que hacen referencia incide sobre las actas de Impuesto sobre Sociedades correspondientes a los ejercicios 2006 y siguientes, “puesto que versan también sobre la imputación del beneficio extraordinario, y que la Audiencia Nacional convalida”, según explica el grupo.

Sentencia firme

Forestal del Atlántico, participada en un 80% por el Grupo Tojeiro, llevó a últimas instancias su batalla con la Inspección de la Agencia Tributaria, después de que el Tribunal Económico Administrativo hubiera tumbado los recursos presentados por la compañía contra las actas de inspección levantadas por el fisco.

El tratamiento fiscal a la revisión del diferimiento por reinversión de beneficios extraordinarios y la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios eran los ejes del conflicto. Por este motivo, la ahora matriz del grupo, Gadisa, tuvo que realizar en sus cuentas consolidadas de 2012 una provisión de más de 700.000 euros debido al conflicto.

El Grupo Tojeiro señala que con esta sentencia “queda despejada cualquier duda que pudiera suscitarse sobre la corrección de la actuación de la sociedad en materia de Impuesto sobre Sociedades”, explican, “puesto que la sentencia es firme sin posibilidad de recurso, sin que existan otras cuestiones de naturaleza tributaria que la sociedad tenga pendientes”.

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