La antigua minera de Corcoesto esquiva seis millones en impuestos en la Audiencia Nacional

Río Narcea, que vendió los derechos de Corcoesto a Edgewater, logra validar en los tribunales sus movimientos contables para aprovechar millonarias deducciones

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Otro fleco suelto en el desembarco de multinacionales mineras en el Estado lo acaba de resolver la Audiencia Nacional de forma favorable a Río Narcea Corporativa, la filial de la compañía canadiense Lundin Mining que fue titular de los derechos del proyecto minero de Corcoesto hasta que vendió su filial, Río Narcea Gold Mines, a Edgewater en 2010.

Río Narcea,que impulsó proyectos mineros en Asturias o Extremadura, litiga desde 2015 con la Agencia Tributaria por una reclamación de 5,98 millones derivada de la inspección del impuesto de sociedades del ejercicio 2007. La minera llevó la liquidación del tributo al Tribunal Económico Administrativo Central, que resolvió contra las pretensiones de la recurrente en enero de 2015.

La multinacional mantuvo el litigio vivo en la Audiencia Nacional, que acaba de sentenciar a favor de su recurso este abril, echando por tierra la reclamación millonaria de Hacienda.

Las maniobras contables

La controversia entre ambos actores se centraba en la legalidad de los ajustes extracontables realizados por la minera aprovechando las particularidades fiscales del sector para activar fuertes deducciones. En concreto, Río Narcea Corporativa practicó un ajuste positivo por importe de 40,9 millones en el año 2004 en concepto de libertad de amortización de activos mineros. Esta figura fiscal permite lograr incentivos por el cálculo libre de depreciación de  activos e inversiones. De esta manera, la minera revertió el ajuste realizado en 2004 durante los ejercicios 2006 (25,9 millones) y 2007 (14,9 millones) logrando las consiguientes deducciones.

Hacienda advirtió a la minera: «Debe saber la estrecha línea que separa el derecho de economía de opción de la evasión fiscal»

Hacienda puso en duda la legalidad de este movimiento al entender que no estaban debidamente justificadas las inversiones, pues la multinacional solo entregó como documentación “una tabla de Excel” y unas “fotocopias” con más anotaciones contables. En busca de estos activos inspeccionó a Río Narcea Gold Mines, filial que operaba en Galicia y que se convirtió posteriormente en Mineira de Corcoesto bajo la batuta de Edgewater.

Por otro lado, los técnicos de la Agencia Tributaria alegaban que el ajuste contable no podía considerarse un movimiento de libertad de amortización, sino más bien, una maniobra para compensar bases imponibles negativas pasando de tributar individualmente a tributar dentro del grupo consolidado. Esto permitiría a Río Narcea Gold Mines compensar sus bases impositivas con las de otras filiales del grupo. “El contribuyente debe saber la estrecha línea que separa dicho derecho de economía de opción de la elusión o evasión fiscal”, llegaba a afirmar el TEAC.

Sin embargo, la Audiencia Nacional rechaza estos argumentos. Concluye primero que en las propias actas de inspección constan “los elementos del inmovilizado afectados por el ajuste extracontable negativo”, razón por la que no se puede hablar de inversiones injustificadas. Por otro, entiende que la normativa ampara la maniobra contable, que en el caso de la libre amortización se realiza siempre anticipando el gasto fiscal con dos únicos límites : “el de la cuantía total (precio de adquisición)”, y el periodo de “amortización efectiva”, que la norma fija en diez años.

En consecuencia, anula la resolución del TEAC y acepta las deducciones aplicadas por la multinacional

 

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