José Collazo llega hasta el Supremo para quitar impuestos a su nuevo casino de Madrid 

Comar litiga para que se declare al centro de Gran Vía, sala anexa al casino de Aranjuez, exento del impuesto de actividades económicas durante sus dos primeros años de actividad, 2013 y 2014 

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El 18 de diciembre de 2013, el empresario gallego José Collazo abrió un casino en pleno centro de Madrid. Es la sala adicional del Gran Casino de Aranjuez, ubicada en Gran Vía gracias a un cambio en la normativa efectuado por Esperanza Aguirre similar a la regulación que acaba de estrenar la Xunta, y que permitió el regreso de las ruletas al centro urbano madrileño.

La apuesta de Comar, eso aseguran en el sector, fue un éxito en cuanto a atracción de clientes y volumen de negocio para un grupo que atravesaba serias dificultades para rentabilizar los casinos. Sin embargo, también conllevó varios litigios. El más grave, con dos patronales del juego, Asenar y Aejoma, que trataron sin éxito de anular la licencia de la nueva sala. El otro, con Hacienda, para evitar el pago de impuestos.

Dos años sin impuesto

Todavía esta en marcha este segundo. Comar litiga para acogerse a la exención del impuesto de actividades económicas durante los ejercicios 2013 y 2014, derecho que tienen los nuevos negocios durante sus dos primeros años de desarrollo, según regula la normativa de Haciendas Locales.

«Están exentos del impuesto los sujetos pasivos que inicien el ejercicio de su actividad en territorio español, durante los dos primeros períodos impositivos de este impuesto en que se desarrolle aquella», es la excepcionalidad que recoge el texto legal a la que se aferra Comar.

El Supremo desestima la impugnación

Bajo esta premisa, la empresa impugnó en el Tribunal Supremo la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, que entiende que el casino de Gran Vía no puede acogerse a esta exención. Argumenta que para librarse del impuesto, Comar no podría haber desarrollado la actividad de mesas de juego y salas recreativas en España, algo imposible, pues el casino de Gran Vía no es otra cosa que una sala adicional de un casino preexistente, el de Aranjuez.

En sentencia del pasado septiembre, el Supremo quitó la razón a la empresa gallega desestimando su recurso. «En el presente caso es claro que la actora viene ejerciendo la misma actividad en dicho otro enclave madrileño, sin que el mero hecho de que se desarrolle en tales salas especiales o apéndice obvie o pueda obviar lo anterior. La tesis actora deviene así improsperable, dada la regulación y caracterización legal del tributo, sin que el mero hecho de su consideración como tributo local permita considerar que cabe tal exención», razona la sala.

Comar mantiene todavía abierta la vía del recurso de casación para intentar esquivar el impuesto.

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