Iberdrola, Norvento y EDP acribillan a la Xunta en los tribunales

Las eólicas ganan litigios millonarios por el impuesto de transmisiones; la patronal eléctrica mantiene una batalla sin fruto para tumbar el canon eólico

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El desarrollo eólico de Galicia se ha frenado en seco durante las dos últimas legislaturas, con el sector estancado en los 3.362 megavatios de potencia instalada. El empeño de la Xunta por autorizar nuevos parques se ha topado con la negativa de las empresas, que aguardan a que se disipe la tormenta de recursos que desató la reforma eléctrica del Ejecutivo central y vuelva la seguridad jurídica al sector.

El desarrollo está parado en Galicia y en España, con tres años sin apenas instalar nuevos megavatios, pero el territorio gallego, que se convirtió en una de las principales potencias eólicas del Estado, existen particularidades. Tras la anulación del concurso del bipartito –anulación que el Supremo declaró este verano ilegal– y el nuevo reparto, las empresas se enzarzaron por el canon eólico de la Xunta y el impuesto de transmisiones patrimoniales que grava los parques.

Los litigios siguen desarrolándose en los tribunales y en el año que acaba de finalizar, Iberdrola, Norvento y EDP han evitado pagos millonarios a Facenda en procesos judiciales que la Xunta dilata con recursos al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

EDP se sale con la suya en Muxía

El último en cantar victoria ha sido EDP, el grupo portugués que prepara su salto a bolsa a través de YieldCo y que cuenta en Galicia con Desarrollos Eólicos Dumbría, con más de 70 megavatios de potencia instalada, Desarrollos Eólicos de Lugo, con 69 megavatios, o Eólica Fontesilva, con otros 21,6.

EDP evitará pagar 3,47 millones por el parque eólico Muxía, ubicado entre Vimianzo y Muxía, y cuyo desarrollo fue aprobado por el Gobierno gallego en 2013. La Consellería de Facenda recurrió al Tribunal Superior de Xustiza de Galicia para intentar salvar el impuesto que ya había tumbado el TEAC, pero los magistrados concluyeron que se trata de una autorización administrativa y no de una concesión de servicio público, por lo que no debe aplicársele el impuesto.

«Cuando se trata de autorizar la actividad de generación de energía eléctrica no se produce el hecho imponible del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, pues no nos encontramos ante la prestación de un servicio público, y por tanto, no se otorgan facultades de gestión de un servicio público, ni de atribución del uso privativo de bienes de dominio o uso público, ni de aprovechamiento especial de bienes de dominio o uso público», zanja el tribunal remitiéndose a la resolución del TEAC. El fallo es de noviembre de 2015.

Por el mismo camino de Norvento e Iberdrola

En este mismo sentido se están pronunciando todos los tribunales, desestimando los recursos del Gobierno gallego, aunque matizando que es «una cuestión jurídica controvertida». Antes que EDP, y con un procedimiento prácticamente calcado, Norvento se libró de abonar 1,1 millones para el mismo gravamen por el parque de Sasdónigas, ubicado en Mondoñedo y con autorización para 17,5 megavatios.

Iberdrola hizo lo propio en el arranque del año, en su caso, ahorrándose 1.5 millones del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales del parque eólico Ampliación de Sil, ubicado entre los ayuntamientos de Nogueira de Ramuín y Esgos (Ourense).

El canon eólico sigue en pie

Mientras tanto, Unesa sigue batallando para desacreditar el canon eólico, un pago establecido por la Xunta al impacto paisajístico de los parques. A pesar de haber pasado ya por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia y por el Supremo, ambos tribunales han entendido que el impuesto se ajusta a derecho y han desestimado los recursos interpuestos por la patronal eléctrica.

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