Empresarios inhabilitados por el ‘caso Campeón’ arropan a Alvariño en la nueva patronal

Jaime Luis López Vázquez, secretario de los empresarios lucenses, era socio de Dorribo y fue condenado este año en el concurso fraudulento de la farmacéutica Innova

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¿Cuenta Fernández Alvariño con los compañeros de viaje adecuados? La candidatura del presidente de los empresarios de Pontevedra para hacerse con el timón de la patronal gallega fue presentada por la Confederación de Empresarios de Hostelería de Galicia, la propia patronal pontevedresa y la Asociación Multisectorial de Nuevas Tecnologías de la Información y Comunicación, pero está avalada por las organizaciones empresariales de Ourense y Lugo, que inclinaron la balanza provincial frente al actual presidente, Antonio Fontenla. Y es precisamente la Confederación de Empresarios de Lugo (CEL) la que puede dar más quebraderos de cabeza a Alvariño.

A falta de un presidente, y con un órgano de dirección conformado en torno a un consejo de administración, la patronal lucense, integrada en la CEOE, cuenta como hombre fuerte con su secretario general, Jaime Luis López Vázquez, ex socio de Jorge Dorribo y recientemente inhabilitado por dos años en el marco del caso Campeón . En abril del año pasado, la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo, Estela San José, decidió imputar a 16 personas más en el caso Campeón, entre ellas el secretario general de los empresarios lucenses. Y este año, el pasado dos de abril, la titular del Juzgado de Primera Instancia número dos de Lugo, Ángela Galván, en sentencia firme, decidió inhabilitar a López Vázquez para “administrar bienes ajenos por un período de dos años, así como para representar o administrar a cualquier persona”.

El secretario de los empresarios lucenses, que hizo explícito el apoyo de esta organización a la candidatura de Fernández Alvariño para desbancar a Antonio Fontenla en la presidencia de la Confederación de Empresarios de Galicia, es uno de los cargos más próximos al presidente de la patronal pontevedresa en estas elecciones. De hecho, a falta de la conformación de la dirección ejecutiva de la patronal, en medios cercanos se da por hecho de que López Vázquez se encargará de la coordinación provincial en la nueva estructura de la patronal gallega. Economía Digital se puso en contacto con la patronal de Pontevedra, para conocer la opinión de Fernández Alvariño sobre la sentencia, sin obtener respuesta por su parte.

Quiebra fraudulenta

La inhabilitación de López Vázquez se enmarca en el proceso judicial que afrontó una de las empresas de Jorge Dorribo, del cual el secretario de la patronal lucense era socio y cuyo proceso concursal fue declarado culpable por la titular del Juzgado de Primera Instancia número dos de Lugo. La empresa en cuestión, Innova Farmacéutica del Norte SL, afrontó una suspensión de pagos que resultó ser calificada como culpable. El fiscal extendió la responsabilidad de las personas afectadas, además de a Jorge Dorribo Gude, administrador de hecho, a los dos administradores de derecho de la entidad concursada, Jaime Luis López Vázquez y don Eduardo Amigo Díaz.

Inhabilitación

Innova, según queda probado en la sentencia, llevaba doble contabilidad “y alteró el importe de las existencias de modo que la contabilidad no reflejaba la imagen fiel de la situación patrimonial”. Además, la juez considera probado que “existió un desplazamiento de tesorería desde Innova hasta la empresa del grupo Laboratorios Asociados Nupel, como se debe al hecho de que el saldo deudor con esta empresa es de 9.378.923 euros”.

La juez considera que los administradores de derecho, Eduardo Amigo Díaz y Jaime Luis López Vázquez, hicieron “dejación de sus funciones y sus deberes legales”, “entre ellos uno de gran importancia como es la llevanza de la contabilidad, en manos de don José Dorribo Gude, lo que supone en este caso, en donde el administrador de hecho ha llevado a cabo actuaciones perjudiciales y sancionables desde el punto de vista concursal, que sean responsables de las mismas, por haber infringido, los administradores de derecho el deber de diligencia que les impone el artículo 225 de la Ley de Sociedades de Capital”. Por todo ello, la juez decidió inhabilitar al secretario de los empresarios lucenses “para administrar bienes ajenos por un período de dos años, así como para representar o administrar a cualquier persona”.

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