El Supremo rechaza indemnizar al fundador de Isolux por perder tres millones en Lehman Brothers

José Gomis reclamaba esa cantidad al Banco Espíritu Santo

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La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por José Gomis contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que denegó la demanda que el empresario había presentado contra el Banco Espíritu Santo. Reclamaba tres millones de euros a la entidad que invirtió a través de un “producto financiero de gran complejidad” en Lehman Brothers, la entidad financiera norteamericana que quebró en 2008.

Gomis, fundador de Isolux, demandaba al Espíritu Santo un toral de 3.165.722 euros como resultado de la liquidación de una póliza de crédito suscrita para financiar una inversión, también contratada con el banco, que según el reclamante estaba garantizada por este. La entidad portuguesa sostenía, sin embargo que el garante era el emisor de la inversión, es decir Lehman Brothers.

Tanto el Juzgado de primera instancia como la Audiencia de Madrid consideraron, y ahora lo confirma el Supremo, que la interpretación correcta del contrato era la sostenida por el banco, puesto que en dicho documento no se estipulaba que el garante de la devolución del capital fuese el banco portugués.

Conocedor del riesgo

Se confirma asimismo que en el citado contrato constaba que el «riesgo de la inversión» podía venir afectado por la solvencia del emisor y que el producto adquirido era «una obligación contractual del emisor para con el inversor», estando vinculado a la solvencia de este último.

El Supremo también se acoge a la interpretación de la Audiencia madrileña, que pone de relieve que Gomis fue “debidamente asesorado en la inversión” y que en los documentos acompañados a la demanda se muestra que el empresario era “pleno conocedor del mercado financiero, con amplia experiencia en inversiones de difícil entendimiento para el común de las personas”.

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