El Supremo declara ilegal la regasificadora de Gijón, competidora de Reganosa 

El tribunal confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y considera que se construyó "vulnerando la ley" 

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El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la que se declara que la regasificadora de El Musel se construyó «vulnerando la ley». El Tribunal ve «no conforme a derecho» la decisión administrativa de autorizar las instalaciones de regasificación.

El fallo, del 29 de febrero, ha sido remitido a los medios por Equo Asturies y reafirma que «no ha lugar» al recurso de casación interpuesto por Enagás y por la Administración General del Estado en julio de 2013 tras la primera sentencia.

La regasificadora asturiana es competidora directa de Reganosa, que también rivaliza con Enagás tras conseguir la autorización como gestora de la red transporte de gas.

Chapuza del gobierno asturiano

La decisión judicial se basa en la vigencia y aplicabilidad del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), vigente en mayo de 2006, momento en que Enagás solicitó el permiso de construcción. Este reglamento se refiere a la distancia mínima de esta clase de instalaciones respecto de los núcleos de población y que no podría ser inferior a 2.000 metros. «Dicha distancia no se ha respetado», puesto que hay varios núcleos de población cercanos, como la zona de el Muselín.

El reglamento de RAMINP fue derogado por el Principado siete meses después, por lo que el Tribunal entiende que la ley autonómica «no es aplicable a los proyectos cuya autorización completa la administración General del estado». Además niega que el Principado «tenga competencia para derogar normativa medioambiental aprobada por el Estado».

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