El juez obliga a García de Paredes a devolver su indemnización millonaria al FROB

Aceptada por la vía de lo Social la nulidad del contrato del exdirector general adjunto de Novacaixagalicia solicitada por el organismo público

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Javier García de Paredes, procedente de la extinta Caixa Galicia y el único de los exdirectivos de Novacaixagalicia que fue absuelto en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional por el cobro de multimillonarias indemnizaciones, ha tenido que afrontar la devolución del pago de su millonario finiquito. Lo ha hecho después de que un Juzgado de lo Social estimase pertinente la nulidad del contrato de García de Paredes planteada por el propio Fondo de Restructuración Ordenada Bancaria.

El FROB abrió la vía de la reclamación laboral contra García de Paredes, que exigía la nulidad de su contrato con Novacaixagalicia. De acuerdo con fuentes de los equipos jurídicos del proceso, el organismo público había planteado también el aseguramiento de la indemnización reclamada, que no ha sido preciso ejecutar ya que el propio directivo ha procedido al abono del exceso de la indemnización percibida cuando abandonó la entidad, según las mismas fuentes.

Un exceso de 4,7 millones cobrados

Cuando dejó Novacaixagalicia, García de Paredes percibió en su liquidación un total de 5,6 millones de euros. Ese importe superaba ampliamente el límite de dos anualidades que diversos informes periciales admitidos a trámite y recogidos en la sentencia de la Audiencia Nacional consideraban pertinente, y que hubieran supuesto una cantidad anual de 428.673 euros. Ese importe, multiplicado por dos, se situaría en 857.347 euros. En el caso de García de Paredes habría, por tanto, un exceso liquidado de nada menos que 4,7 millones de euros.

La propia sentencia de la Audiencia Nacional, que absolvía a García de Paredes, ya abría la puerta a la reclamación laboral de su indemnización. Así, un informe pericial de Sagardoy Abogados, que el tribunal dio por válido, señalaba que «podría sostenerse la nulidad parcial del contrato de García de Paredes celebrado el 30 de diciembre de 2010 en lo que se opongan a los compromisos expresamente asumidos por la entidad en la escritura de suscripción de participaciones preferentes por parte del FROB firmada el 21 de diciembre de 2010».

En particular, mantenían los peritos, «podría sostenerse la nulidad de la indemnización por prejubilación en la parte que exceda de las dos anualidades de su retribución, aunque no es descartable que con ello quedara igualmente sin efecto la reducción en el porcentaje de cobertura del complemento de jubilación a partir de los 65 años».

Ejecución de la sentencia penal

En relación a las indemnizaciones por cese cabe distinguir dos casos. El de Francisco Javier García de Paredes, cuyo contrato se celebró el 31 de diciembre de 2010, una vez el FROB había suscrito las participaciones preferentes y NCG se había comprometido a ajustar sus políticas de remuneraciones a las recomendaciones de la Comisión Europea; y el de los tres directivos procedentes de Caixanova, cuyo contrato era anterior al de la suscripción de preferentes por parte del FROB, según la propia sentencia. Esa diferencia es la que ha sostenido la reclamación laboral planteada ahora, y que obliga a García de Paredes a devolver las cantidades cobradas indebidamente.

José Luis Pego, Gregorio Gorrián y Óscar Nelson Rodríguez Estrada fueron condenados en el otoño del 2015 a dos años de cárcel. La Audiencia Nacional los consideraba culpables de un delito de administración desleal por el cobro indebido de prejubilaciones millonarias. Los directivos cobraron, conjuntamente, indemnizaciones por importe de 18,9 millones de euros y deberán devolver cerca de 14 millones.

Los ex de Novacaixagalicia todavía no han hecho efectiva la devolución de las indemnizaciones cobradas ilegalmente, cuando la entidad estaba quebrada. A pesar de que los ex de la entidad ha recurrido la sentencia de la Audiencia Nacional, el FROB, según las fuentes consultadas, ha pedido la ejecución de la sentencia, solicitud en la que se recoge que, de no procederse al pago, se procederá a activar el aseguramiento de los importes a través del correspondiente embargo.

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