El juez da un giro a la investigación del Alvia mortal de Santiago

Sin restar responsabilidad al maquinista, asegura que “ha existido una omisión de cautelas elementales” constitutiva de imprudencia punible por parte de ADIF

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

El juez Luis Aláez ha dado un giro a la investigación del accidente mortal del Alvia 150 en Santiago de Compostela. Hasta la fecha, apuntaba que la causa esencial del descarrilamiento, que segó la vida de 79 personas, fue el exceso de velocidad.

La mayor novedad revela que “la desatención en la seguridad de una línea en que se circula a altas velocidades tiene conexión con el descarrilamiento del tren”.

Omisión de la seguridad

En un auto hecho público este martes [DESCARGAR AQUÍ], el titular del juzgado de instrucción número 3 de Santiago amplía, por tanto, las causas del siniestro a “la omisión de medidas preventivas de naturaleza vial”.

De este modo, llama a declarar como imputados a los jefes de ADIF en el tramo Ourense-Santiago. El gestor ferroviario deberá identificarles para formalizar la fecha de la citación.

Además, pide a Renfe que facilite los protocolos de los procesos relacionados con la seguridad y teléfonos corporativos –en el momento de la tragedia, el maquinista conversaba a través del móvil—.

¿Más imputaciones?

El juez parece dejar abierta la puerta a la posibilidad de más imputaciones.

Quiere que Renfe identifique las personas que integran “el órgano en materia de seguridad en la circulación” así como “las capacidades para la toma de decisiones”.

Aláez reflexiona en 11 páginas de auto por qué amplía la búsqueda de responsabilidades hacia los jefes del maquinista Francisco José Garzón en Renfe y, en última instancia, en ADIF.

Pero advierte de que “no se puede hacer, por muy graves que hayan sido las consecuencias del accidente (•••), una causa penal general del sector ferroviario”.

También protege a la investigación contra las derivas políticas. Aláez escribe: “Dejo de lado el reproche político, que de existir, tiene su propio cauce a través de las instituciones democráticas”.

Medidas de seguridad

Los reproches que sí investigará incumben no sólo a las medidas de seguridad, si no a la señalización del tramo, que considera insuficiente. “Ha existido una omisión de cautelas elementales”.

Considera que el trazado de la curva de A Grandeira –lugar exacto del descarrilamiento— “es sumamente comprometido para la circulación de trenes y que el bien jurídico a proteger es la vida y la integridad de las personas”.

ADIF tendrá que explicar por qué no instaló el sistema europeo de frenado, el ERTMS, hasta la estación de Santiago.

De las investigaciones previas, Aláez deduce que la modalidad presente, la conocida por las siglas ASFA, y el mecanismo de hombre muerto de la locomotora son escasas para el tramo en cuestión.

Procedimientos contra el peligro

El ASFA sólo actúa por encima de los 200 km/h (el tren se salió de la vía a 190 km/h) y el hombre muerto “no sirve para prevenir una conducción desatenta a la señalización (•••) ya que, en realidad, se convierte en una rutina que no conlleva concentración”.

“Se deberían haber adoptado otros procedimientos que salvasen el peligro”.

La investigación destaca que el póster que advierte sobre la reducción de la velocidad máxima a 80 km/h está en el punto quilométrico 84,230. “Tan próxima a la curva [de A Grandeira] que hace imposible o muy remotamente posible sortear el riesgo”.

De 200 a 80 km/h en 220 metros

El inicio del descarrilamiento se produce en el kilómetro 84,413. Es decir a 220 metros de la señal de cambio de velocidad. Los avisos previos al indicativo tampoco parecen suficientes, a criterio del magistrado.

“Dicha señalización en modo alguno puede ser considerada medida de seguridad adecuada ya que alerta de la proximidad de una estación, no de que se esté en las proximidades de una curva peligrosa”.

Aláez concluye que “ante la existencia de un importante riesgo para la circulación, no se dota al sistema de seguridad de ningún recurso que lo resuelva automáticamente ni se destaca al maquinista el riesgo concreto [de la curva]”.

Delito imprudente

La responsabilidad por delito imprudente de ADIF, de haberlo, recaería porque “es claramente previsible que un descuido o desatención del maquinista podría provocar un accidente con riesgo alto, sospecha notoria al depender la maniobra de reducción de velocidad de la sola percepción del maquinista de la aproximación a la curva de A Grandeira”.

Según las diligencias previas, ADIF no ha atenuado adecuadamente ese riesgo.

El juez de Santiago pide por último al presidente del Congreso, Jesús María Posada (PP), que le envíe copia del diario de sesiones.

Aláez quiere la literalidad de las explicaciones que dieron los presidentes de Renfe y ADIF y la ministra de Fomento, Ana Pastor (PP), en la comisión de Fomento sobre el accidente.

Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp