El Gobierno empieza a ver las orejas al lobo con las renovables

Una providencia del Supremo sobre la posible inconstitucionalidad de la reforma eléctrica provoca que Industria filtre una sentencia del Constitucional, todavía no publicada en el BOE, desestimando un recurso del Gobierno de Murcia contra el recorte a las primas

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Los nervios han empezado a aparecer en el Gobierno por las consecuencias jurídicas que, tanto a nivel nacional como internacional, pueden tener los cientos de recursos presentados contra el recorte a las primas de energías renovables, recogido en la reforma del sector eléctrico de 2013 y en la anterior de 2010.

La semana pasada, sin ir más lejos, una providencia del Tribunal Supremo dejando entrever la inconstitucionalidad de algunos preceptos del Real Decreto-ley de julio de 2013, ponía en alerta al Ministerio de Industria.

Improvisación de Soria

Su reacción fue inmediata y un tanto improvisada, tratando de mitigar el imprevisible alcance de esa providencia, sobre todo por las posibles sentencias, contrarias a la reforma del Gobierno, que el Supremo pudiera dictar en relación a los 400 recursos presentados.

La improvisación fue tal, por parte del departamento que dirige José Manuel Soria, que la nota de prensa –relativa a la desestimación por el Tribunal Constitucional de un recurso contra el recorte a las primas de renovables interpuesto por el Gobierno de Murcia– fue remitida a los medios de comunicación a última hora de la tarde del pasado 23 de diciembre y no fue subida a la página web del Ministerio de Industria hasta cinco días después.

Nota de prensa desde la casa de un periodista

«La nota de prensa fue redactada por un periodista del Ministerio desde su casa y no pudo ser subida a la página web. Lo haremos ahora mismo», comentaba a Economía Digital una portavoz ministerial.

Desde el Tribunal Constitucional no salen de su asombro. Preguntado el Alto Tribunal sobre cómo es posible que Industria emita una nota de prensa sobre una sentencia que no es pública, la respuesta no puede ser más clara.

«Eso se lo tenéis que preguntar a Soria. Nosotros no podemos publicar ninguna nota sobre una sentencia que todavía no ha sido publicada en el BOE y, además, en este caso tardará todavía bastante tiempo en publicarse», apuntan.

Presión al Supremo

Con la filtración de la sentencia del Tribunal Constitucional que desestima el recurso contra el recorte, Industria busca meter presión al Tribunal Supremo para que suspenda la  tramitación de los miles de recursos que acumula contra las dos reformas eléctricas por recortar las primas a las renovables llevadas a cabo, primero por el PSOE y, después, por el PP.

La pasada primavera ya cayó en saco roto la solicitud de la Abogacía del Estado al Supremo para que paralizase la tramitación de estos recursos hasta que se contara con el veredicto de la Comisión Europea sobre si las primas se ajustan o no al derecho comunitario. Y, ahora, la providencia que acaba de hacer pública va en esa misma línea.

Inconstitucionalidad de la reforma del Gobierno

Lo que hacía el Supremo con la publicación, el pasado 22 de diciembre, de la referida providencia es curarse en salud y tener todas las cartas sobre la mesa para obrar en consecuencia.

Por eso, daba a la Fiscalía y a las partes personadas en 30 recursos planteados un plazo de diez días un plazo de diez días para que formulasen alegaciones sobre la procedencia de plantear una cuestión de inconstitucionalidad acerca de algunos preceptos del Real Decreto-ley y de la Ley del Sector Eléctrico, normas aprobadas en 2013.

Vulneración de los límites de la retroactividad

En su providencia, la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo pregunta si la aplicación del nuevo régimen retributivo específico a las instalaciones preexistentes puede vulnerar el artículo 9.3 de la Constitución sobre los límites a la retroactividad de las normas y a los principios de seguridad jurídica y de confianza legítima de la disposición final segunda del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, y de la disposición final tercera de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.

Del mismo modo, solicita a las partes que informen sobre la posible inconstitucionalidad de las normas que, por un lado, establecen la entrada en vigor inmediata del nuevo régimen retributivo específico sin fijar un régimen transitorio y, por otro, generan un periodo de incertidumbre durante el cual las empresas quedan abocadas a desarrollar su actividad sin conocer el régimen jurídico y retributivo que se les iba a aplicar en ese periodo intermedio.

Tarea compleja

La tarea del Supremo en este tema es muy compleja. Acumula miles de recursos, primero, contra la reforma energética llevada a cabo por el Gobierno presidido por José Luis Rodríguez Zapatero, que en 2010 recortó las primas a las renovables y, después, contra la norma restrictiva aprobada en 2013 por el Ejecutivo presidido por Mariano Rajoy.

Todo esto en clave interna. Además, desde que en noviembre de 2011 llegara la primera reclamación internacional contra los recortes a las primas, España ha recibido una veintena de peticiones de arbitraje ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), la Cámara de Comercio de Estocolmo y Uncitral, los tres foros previstos en la Carta de la Energía para garantizar la seguridad jurídica de las inversiones.

Los abogados del Estado también se están batiendo el cobre para demorar el mayor tiempo posible un primer pronunciamiento contrario a los intereses españoles en estas cortes de arbitraje, que pudiera encadenar otros sucesivos. Hay en juego miles de millones de euros.

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