Dos patronales del juego llevan a Collazo ante el Supremo por su casino de Madrid

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior tumbó las reclamaciones de las dos asociaciones, que pedían que se anulara la autorización a Comar para la sala de Gran Vía y la legislación modificada por Esperanza Aguirre

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Competencia feroz en el sector del juego, que llega incluso a los tribunales. Dos patronales ha decidido dar la batalla contra la gran apuesta de Comar en el centro de Madrid: el casino satélite que ha instalado en la Gran Vía, hermano menor del de Aranjuez, también propiedad del grupo gallego. La pelea llega incluso al Tribunal Supremo.

La Asociación Española de Empresarios de Salones de Juego y Recreativos (Asenar) y la Asociación de Empresarios de Establecimientos de Juego y Ocio de Madrid (Aejoma) han decidido interponer recurso de casación ante la Sala Tercera del Supremo contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que tumbaba sus pretensiones de anular la autorización de la sala apéndice del casino de Gran Vía, concedida por la Comunidad de Madrid. Las patronales del juego también presentaron un recurso contencioso administrativo contra un decreto del Consejo de Gobierno por el que se modificaba el reglamento de Casinos de Juego de la Comunidad de Madrid.

El recurso

Fuentes de la patronal Asenar confirman que ya han iniciado la tramitación del recurso de casación ante el Supremo, y advierten que en esta batalla judicial «vamos de la mano con los responsables de Aejoma», la otra patronal que había recurrido la autorización a Comar. Lo cierto es que el primer asalto lo ha ganado el grupo del empresario José Collazo, que inauguró su casino de Gran Vía en 2013, después de que el gobierno de Esperanza Aguirre procediera a las modificaciones legales pertinentes.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dio la razón a Comar el pasado mes de marzo, desestimando el recurso, tanto en lo que hacía referencia al reglamento como a la autorización al grupo gallego del juego. Ambas patronales planteaban en su recurso la posible inconstitucionalidad de las modificaciones legales introducidas por el gobierno de Aguirre.

Sin competencia

Entendían que había una la restricción a libre concurrencia de las empresas del sector del juego, al «regularse en la ley autonómica el establecimiento de unas salas apéndice únicamente de los casinos ya establecidos, sin posibilidad de concurrencia de las restantes empresas del sector y, por tanto, con limitación de esa libre competencia a través del correspondiente concurso público, para acceder a la autorización prevista». La Sala no lo vio así.

La patronales también pretendían tumbar gran parte del proceso normativo y apelaban a «la vulneración de la superficie máxima de 1000 metros cuadrados establecida en la regulación legal, pues de hecho son 4.000 metros los establecidos; la vulneración de la habilitación de una única sala apéndice, pues son cuatro salas las establecidas en la apéndice, y la vulneración del máximo de 65 maquinas recreativas en una sala apéndice, pues eran 94 las existentes». Será ahora el Tribunal Supremo quien decida.

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