Primera sentencia en Galicia que anula la compra de acciones del Popular

Un juzgado de Vigo considera que el Popular amplió capital en 2016 con información falsa y devuelve a un minorista 3.000 euros en acciones

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El juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo ha dictado la primera sentencia en Galicia que anula la compra de acciones del Popular por parte de un minorista. La sentencia hace referencia a la ampliación de capital de 2016, impulsada por Ángel Ron, y considera que la entidad financiera incumplió su obligación de facilitar “información exacta y veraz sobre su estado financiero real”. A juicio del tribunal, esta situación impidió que los inversores pudieran decidir “con pleno conocimiento de los riesgos”.

La sentencia interpreta que el folleto informativo del Popular, para una ampliación de 2.505 millones que fue cubierta con sobredemanda, contenía “inexactitudes y errores contables”, según explica el abogado coruñés Xoán Antón Pérez-Lema. Por este motivo anula por “vicio en el consentimiento” la adquisición de las acciones por parte del demandante, que invirtió 2.988 euros. Este dinero le será retornado con los intereses legales, ya que contra el fallo no cabe recurso.

Pérez-Lema lamenta que el juzgado no condene en costas al Popular, ahora en manos de Banco Santander, pues ve una “desproporción entre la capacidad de las entidades financieras para defenderse en los tribunales frente a la de los pequeños accionistas para reclamar sus derechos”.

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