Covid-19: la parálisis judicial retrasa los concursos de acreedores

La práctica inactividad en los juzgados hace que apenas se tramiten concursos de acreedores en Galicia desde que comenzó la crisis del coronavirus

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Paradojas de la crisis del coronavirus, la secuencia prevista por muchos analistas, que a los ERTEs seguirían concursos de acreedores por parte de las empresas, no se está cumpliendo. Por ahora. Pocas veces se han tramitado tan pocos procesos de suspensiones de pagos, también en Galicia. Ello es debido básicamente a la parálisis judicial.

Los juzgados de lo Mercantil gallegos apenas registran actividad desde que se decretó el estado de alarma. Y, habida cuenta del bajo ritmo de edictos y resoluciones publicadas en el BOE, la parálisis es prácticamente generalizada desde hace algo más de un mes. Una de las escasas excepciones son los concursos de acreedores presentados por personas físicas, que sí se están tramitando, aunque a cuentagotas.

La desescalada judicial

Y es que el Consejo General del Poder Judicial ultima una guía de buenas prácticas para prevenir posibles contagios por Covid-19 en las sedes judiciales cuando se reanude la actividad. Entre las medidas a adoptar proponen medir la temperatura en los accesos a los juzgados, que haya material de protección como mamparas o límites en el aforo de las salas de vistas y en otras dependencias judiciales.

El CGPJ contempla prácticas colectivas que deben observarse cuando arranque la actividad en la Administración de Justicia, nuevos hábitos que irán desde la limpieza y desinfección periódica a la instalación de elementos de protección colectiva como mamparas de seguridad en los puestos de atención al público o fundas de plástico para los micrófonos.

Desde el TSXG a los jueces sustitutos

También se realizarán evaluaciones del riesgo de exposición al coronavirus en las diferentes actividades que contempla el trabajo de los miembros de la carrera judicial, se fijarán criterios generales para coordinar las agendas de señalamientos o se atenderá al público mediante sistemas telemáticos y de cita previa.

El documento, que debe ser aprobado aún, será de aplicación al colectivo de jueces en activo, jueces sustitutos y magistrados suplentes durante el tiempo en que realicen actividad jurisdiccional, jueces en prácticas adscritos a funciones de refuerzo en Juzgados y jueces que ejerzan funciones en el ámbito de la Administración electoral. También tendrá como destinatarios a los órganos de gobierno del Poder Judicial: Salas de Gobierno del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Tribunales Superiores de Justicia.

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