Coren esquiva las demandas judiciales contra su planta de cogeneración

El TSXG tumba el contencioso planteado por el Colegio de Ingenieros Industriales, que exigía la anulación del proyecto

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El 5 de junio de 2009 la Consellería de Economía aprobó la ejecución de una planta de cogeneración de 3.908 kilovatios en el polígono ourensano de San Cibrao das Viñas para las instalaciones de Coren, la cooperativa agroalimentaria que exhibe la mayor cifra de facturación entre todas las empresas de la provincia. Desde entonces, la autorización del proyecto se pasea por los tribunales.

El Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia presentó un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en respuesta a un primer recurso de alzada que había sido desestimado. Consideran que el proyecto nunca debió ser autorizado debido a que fue ejecutado por el ingeniero de minas Diego Fraile. No por nada personal conra el profesional, sino porque entiende el organismo que solo los ingenieros industriales colegiados tienen competencia para la realización de este tipo de proyectos por lo que la Xunta debería denegar su aprobación.

Competencias

Es decir, el contencioso carga contra la Dirección General de Industria, Energía y Minas pero tiene como principal afectado al propietario de la instalación, la codemandada Coren, que podría perder la autorización de su planta de cogeneración. Pero ni una cosa ni la otra. El TSXG desestimó por completo el recurso.

En una sentencia reciente, del 23 de abril de este año, el tribunal dictamina que no existe normativa alguna que otorgue competencia exclusiva a los ingenieros industriales para “redactar, firmar, ejecutar y dirigir un proyecto de instalación eléctrica energética”, y, del mismo modo, tampoco existe norma expresa que atribuya dicha competencia a una rama de la ingeniería sobre otras.

Capacidad técnica

Sí que exige la doctrina jurídica que “las capacidades técnicas del autor del proyecto acrediten su idoneidad para realizarlo”. Es decir, es un término distinto al que planteaba el Colegio de Ingenieros Industriales al alegar que los ingenieros de minas solo tienen competencias para actuar en el campo de la minería.

Sin embargo, el Colegio no alega nada respecto a la ejecución técnica del proyecto, por lo que el demandante “viene a reconocer la capacidad técnica de los ingenieros de minas” para ejecutar el proyecto. El tribunal concluye que no se puede establecer un “monopolio competencial” a favor “de una determinada profesión técnica superior” y que no existen quejas sobre la realización y diseño del proyecto. La sentencia todavía puede tener más recorrido si el Colegio de Ingenieros decide presentar un recurso de casación.

La cogeneración

El proyecto en cuestión fue presentado ante la Xunta con la firma del consejero delegado de Coren, Manuel Gómez Franqueira, con un presupuesto de 2,8 millones. La cooperativa ourensana utiliza las plantas de cogeneración para autoabastecerse, mejorar la eficiencia energética y ambiental y sacar el excedente energético al mercado acogiéndose al régimen especial de producción, que ahora ha visto notablemente mermados sus ingresos tras la reforma eléctrica acometida por el Gobierno.

La planta de Coren funciona con gas natural y el proyecto incluye la ampliación de las instalaciones de recuperación térmica en el polígono ourensano.

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