Los auditores dudan de la valoración de la Autopista del Atlántico

KPMG muestra sus reparos sobre los métodos seguidos por Audasa para determinar el valor de la concesión de la AP-9

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Más leña al fuego de la polémica sobre el traspaso de la titularidad de la AP-9 a Galicia. Cuando más unanimidad, al menos oficialmente, existe en ese frente común de la clase política gallega para reclamar el traspaso de la concesión, y a su vez más rechazo se explicita desde el Ministerio de Fomento, tercia en la polémica la propia Audasa, la concesionaria. En esta ocasión, las dudas llegan por su auditora.

KPMG ha sido la encargada de auditar las cuentas de la filial de Itínere, que tiene la concesión de la Autopista del Atlántico hasta 2048, tras la última prórroga concedida por el Gobierno de Aznar. Y es precisamente la concesión, más bien el valor que Audasa otorga a su gran activo, lo que genera los recelos de los auditores de KMPG.

La duda razonada

Las incertidumbres asociadas a los métodos de valoración seguidos por los contables de Audasa ocupan parte de esa luz en ambar que KMPG muestra en su informe de auditoría correspondiente a 2017. En concreto, señala que Audasa «sigue el criterio de comprobar, con una periodicidad anual, si existen indicios de deterioro en el activo asociado al contrato concesional (es decir, la propia autopista) a efectos de determinar si su valor contable excede de su valor recuperable».

Audasa declara un inmovilizado intangible cuyo valor neto contable, a 31 de diciembre de 2017, asciende a 1.546 millones de euros, que corresponden a la concesión de la propia autopista. Y aquí llega el problema, porque KPMG matiza primero que «el proceso de determinación del valor recuperable conlleva técnicas que a menudo requieren el uso de juicios y estimaciones por parte de la sociedad».

 A continuación, advierte directamente que una cuestión clave del propio trabajo de los auditores que revisaron las cuentas de Audasa es «la incertidumbre asociada a esas estimaciones y al elevado grado de juicio necesario para determinar esas valoraciones» que la concesionaria presenta en sus cuentas. Un problema para los chicos de KPMG, en síntesis. Sin embargo, no presentan salvedades en su informe.

El caso de la norma europea

Un ejemplo. Una de las cuestiones que los audiores de KPMG chequearon en su análisis fue si la información revelada en las cuentas de Audasa cumple con los requerimientos normativos aplicables a la concesionaria. E incide sobre una cuestión, que la propia empresa reconoce en sus cuentas. De aplicar las normas internacionales de información financiera adoptadas por la Unión Europea para las sociedades cotizadas que consoliden resultados, que no es el caso de Audasa, al presentarlos individuales, los números de la concesionaria cambiarían sustancialmente.

La propia compañía admite que, aunque no las aplique, está obligada a informar de los cambios en el patrimonio y en la cuenta de resultados teniendo en cuenta dicha normativa europea. De aplicar la norma comunitaria, Audasa vería recortado su patrimonio neto en 219 millones de euros al cierre de 2017. Y si siguiese ese criterio europeo, habría visto recortado su beneficio en unos 15 millones de euros.

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