Alcoa lleva hasta el Supremo la demanda por eludir impuestos en España

A pesar de lograr evitar el grueso de los 240 millones que reclamaba Hacienda, Alcoa continúa litigando contra la acusación de fraude de ley en el Supremo

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp

Alcoa ha llevado hasta el Tribunal Supremo su dilatado conflicto con la Agencia Tributaria Española por las cuotas del Impuesto de Sociedades entre los ejercicios 2002 y 2009. Fue un lío judicial de lo más delicado para la multinacional norteamericana, que llegó a encajar reclamaciones de Hacienda por valor de 240 millones. El Tribunal Económico Administrativo Central, en una resolución de noviembre de 2014, concluyó que la compañía había operado en fraude de ley, que creó una estructura “artificiosa” en torno al holding Alcoa Inversiones España con la única utilidad práctica de ahorrarse un 35% de impuestos.

A golpe de recurso y de victorias parciales, Alcoa consiguió que aquella enorme reclamación se quedase en una cantidad mucho más abarcable, entre 21 y 53 millones de euros a abonar el fisco, para lo que ha provisionado solamente 26 millones de euros porque el 51% de la reclamación le corresponde pagarla a Arconic, la sociedad segregada del antiguo grupo de Alcoa.

Poco después de anunciar el cierre de las plantas de A Coruña y Avilés, los servicios jurídicos de la compañía presentaron un nuevo recurso del 8 de noviembre ante el Tribunal Supremo para intentar rebajar todavía más esa cuantía y cuestionar la operativa en fraude de ley que le imputan. El escrito, tan ajeno al desmoronamiento de la estructura industrial de Alcoa en España, fue admitido a trámite el pasado 14 de marzo, según el auto de la Sala de lo Contencioso al que ha tenido acceso este medio.

Dos sentencias clave de la Audiencia Nacional

La multinacional recurre una sentencia previa parcialmente favorable a sus intereses de la Audiencia Nacional. Este tribunal estimó parte de los argumentos de Alcoa el 1 de junio del año pasado, obligando a recalcular una reclamación de 112 millones por el Impuesto de Sociedades de los ejercicios comprendidos entre 2006 y 2009.

La Audiencia Nacional dio la razón a la compañía en que el importe de la liquidación no había tenido en cuenta las bases imponibles negativas generadas en ejercicios anteriores, en torno a 194 millones en créditos fiscales que rebajarán sustancialmente la reclamación. Aunque los tribunales no se han pronunciado sobre el importe final, pues el litigio todavía está vivo, Alcoa especificó en su memoria del último ejercicio que estima una cuota tributaria de entre 21 y 53 millones de euros.

Lo curioso del caso es que Alcoa logró liberar las bases imponibles negativas también en los tribunales. La Audiencia Nacional, en enero de 2017, declaró nula la liquidación practicada por los técnicos de Hacienda para el Impuesto de Sociedades de los ejercicios 2003 a 2005 por un error de procedimiento. Una vez anulada la liquidación, también quedaron anulados los créditos fiscales que había aplicado la multinacional, por lo que quedaron disponibles para emplearlos en los siguientes ejercicios.

El recurso, con raíces en Hungría

Lo que recurre en casación ahora Alcoa es la parte de sus alegaciones que no aceptó la Audiencia Nacional. En concreto, “la declaración de fraude de ley en relación con la aportación de Alco Köfem —sociedad húngara del grupo– al holding Alcoa Inversiones Internacionales», una de las cabeceras del conglomerado europeo.

Los técnicos de Hacienda consideraron que las diversas transferencias de capital entre esta sociedad, Alcoa Inversiones Internacionales y la estadounidense Alcoa International Holding por valor de 498 millones tenían como único objeto activar mecanismos de ingeniería fiscal para rebajar la factura tributaria.

La compañía, que siempre negó el fraude, alega que las operaciones se realizaron en 2003 y las investigaciones de Hacienda se produjeron después de que prescribieran. El debate sobre el que se deberá pronunciar el Supremo se centra en si es de aplicación la doctrina que permite declarar fraude de ley de negocios jurídicos en ejercicios prescritos si sus efectos alcanzan a ejercicios que no lo están.

Alcoa dice en su memoria de ejercicio que no tiene excesivas posibilidades de vencer en el recurso. De hecho, las cifra en un 50%. En todo caso, ya se ha salido airosa del grueso de las reclamaciones.  

Avatar

Recibe nuestra newsletter diaria

O síguenos en nuestro  canal de Whatsapp