AENA tendrá que devolver las fincas expropiadas para la ampliación de Alvedro

El Supremo anula la ocupación urgente de los terrenos que permitió comenzar las obras antes de pagar a los titulares

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la declaración de urgente ocupación de «bienes y derechos» para acometer las obras de ampliación del Aeropuerto de Alvedro. Este tipo de expropiación permitió a AENA ocupar los terrenos para acometer las obras de expansión de la terminal “sin abonar, previamente, a sus titulares el justo precio de las fincas expropiadas”.

Los vecinos afectados, agrupados en la Plataforma Non á Ampliación, presentaron un recurso contra el procedimiento, aprobado por el Consejo de Ministros del 26 de noviembre de 2010. El Tribunal Supremo les ha dado la razón. Según ha confirmado el abogado de la entidad vecinal, Xoán Antón Pérez-Lema, ha anulado la declaración de urgente ocupación al no encontrar motivos que justificasen dicho procedimiento.

El fallo obliga a Aena a restituir los bienes y derechos expropiados a sus titulares para abonarles el justo precio que corresponda y, solo después, proceder a la ocupación de los terrenos. Pérez-Lema, matiza, sin embargo, que esta devolución no se producirá cuando los titulares ya alcanzasen un acuerdo para la transmisión de los bienes.

Vuelta a la vía ordinaria

La sentencia del Tribunal Supremo señala que para que la Administración pueda acudir a este tipo de expropiación es necesario que concurra la «imperiosa necesidad» de ejecutar unas obras que no permitan emplear el procedimiento expropiatorio común. Al no cumplirse esta condición, o no estar debidamente justificada, el procedimiento de urgencia queda anulado.

Así las cosas, las expropiaciones deberán tramitarse por la vía ordinaria, lo que obliga a AENA a devolver los terrenos para, posteriormente, abonar el dinero correspondiente a sus titulares.

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