El Gobierno favorece la reclamación millonaria de la minera de Corcoesto

El Ejecutivo central recurrió artículos clave de la normativa gallega que permitieron la retirada de los derechos mineros a Edgewater

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Los colectivos contrarios al proyecto minero de Corcoesto no quieren cantar todavía victoria, pese a la retirada de los derechos mineros a la multinacional canadiense Edgewater. Salvemos Cabana, que desde el primer momento llamó a la prudencia, ha emitido un comunicado en el que advierte que la actuación del Ejecutivo central favorece los intereses de la empresa minera.

Explica la plataforma que el recurso de inconstitucionalidad presentado sobre varios artículos de sobre varios artículos de la Ley 12/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de Galicia, que reforma diversos puntos de la Ley de Ordenación de la Minería de Galicia, «podría facilitar las millonarias reclamaciones de la multinacional» e incluso la recuperación de los derechos mineros.

Todo en el aire

El colectivo defiende que la retirada fue legal. Sin embargo, matiza que «una sentencia favorable a la petición del Gobierno por parte del Tribunal Constitucional podría tener consecuencias negativas en el desarrollo del conflicto, pues el artículo impugnado -el 84-, modifica la disposición transitoria segunda de la Ley 3/2008, que en definitiva ha permitido la cancelación efectiva -al menos temporalmente- del cuestionado proyecto extractivo.

De hecho, insiste Salvemos Cabana, «el presidente del Gobierno, se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, que tal como ha señalado el Alto Tribunal, produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso el pasado 30 de septiembre, lo que hasta su completa resolución deja en el aire al menos parte de las medidas tomadas hasta ahora por la Administración gallega»

Terreno de juego favorable a la minera

El colectivo también ha analizado el anuncio de Edgewater de acudir al arbitraje internacional para resolver el conflicto. Lo hace fundamentándose en el Tratado Bilateral de Inversión entre España y Panamá (‘Acuerdo para la promoción y la protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y la República de Panamá’), «que en su artículo 12 trata sobre la resolución de controversias entre inversor-estado, bien sea mediante un tribunal creado ‘ad hoc’, y establecido de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Comercial Internacional o al Centro Internacional de Arreglo de Diferencias a Inversiones (CIADI), vinculado al Banco Mundial y proclive a la actividad corporativa».

«De salir adelante en este contexto las demandas de Edgewater, tanto la inversión como el lucro cesante previsto por la compañía tendrían que ser abonadas por el erario público, es decir, por los contribuyentes, en un funesto recordatorio sobre los graves efectos que podrían suponer la firma de tratados de libre comercio como el TTIP, TISA y CETA, que garantizan la resolución de litigios por este sistema y terminan por beneficiar únicamente al gran capital transnacional», concluye Salvemos Cabana.

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