Competencia sólo recauda el 3% de las multas que impone

De los 914 millones de sanciones que ha emitido desde el 2013, sólo ha podido recaudar casi 30 millones

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Con frecuencia los medios informan que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa millonaria a una empresa de telecomunicaciones, energética o de cualquier otro ámbito. Pero la cara B es que el organismo regulador apenas recauda el 3% de las sanciones que aplica. En números concretos, desde su creación en 2013 ha librado 272 multas por 914,66 millones de euros, pero sólo ha obtenido 29,81 millones.

El sector con más sanciones dictadas por la CNMC desde 2014 es el energético, con un total de 86, seguido por las sanciones referidas por la competencia, con un total de 77 resoluciones aprobadas. El sector de las telecomunicaciones ha recibido 56 sanciones y el audiovisual, 53.

Sin embargo, esta clasificación se altera en el cómputo de las cuantías, ya que las multas por infracciones de competencia acumulan el 90% del total económico de las multas. Así, desde 2014 las sanciones por vulnerar estas normas ascienden a 852,78 millones de euros. Le siguen las multas dirigidas al sector energético (25,7 millones de euros), las telecomunicaciones (24,2 millones) y el audiovisual (11,93 millones).

Por qué es tan difícil cobrar

En una respuesta remitida por la CNMC al diputado socialista Antonio Hurtado, se precisa que la gran mayoría de las multas quedan sin cobrar, o se demoran varios años en obtener el dinero, porque las empresas sancionadas interponen un recurso ante la Audiencia Nacional, una práctica que el organismo señala como «sistemática».

En el 80 o 90% de los casos en los que las empresas solicitan la suspensión de la obligación del pago de la multa, la Audiencia Nacional la aprueba cuando se constituye una garantía. Pero en caso de que no se solicite o la Justicia no la conceda, la CNMC subraya que el pago «tiene un cierto carácter provisional», pues puede verse sujeto a una posible reversión, total o parcial, si es que la sentencia es firme o no. Estos pagos no se registran, justifica el organismo, ya que «constituiría un dato incierto, debido a su provisionalidad».

Hasta diez años de demora

Según el organismo, el camino hasta cobrar una multa impuesta por el regulador puede extenderse durante ocho y diez años. Así, la tramitación de un recurso interpuesto ante la Audiencia «tiene una duración media entre dos y tres años», aunque la propia CNMC reconoce que este plazo puede superarse. En este sentido, destaca que «muchas resoluciones de 2013 están todavía pendientes de sentencia».

Pero este plazo puede alargarse, ya que la mayor parte de los casos pasan a un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que acarrea una demora de dos o tres años más.

Y en el caso de que una multa pueda ser confirmada, se encuentra con dos caminos: puede ser pagada en un período voluntario, o remitirse para su cobro a la vía de apremio a través de la Agencia estatal de Administración Tributaria. En este último caso el cobro efectivo, o su imposibilidad por insolvencia, puede demorar uno o dos años adicionales.

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